Aguinaldo: hasta cuándo lo pueden pagar las empresas y cómo saber si lo liquidaron bien
La ley dispone un día y algunas empresas y el sector público ya se anticipó, pero para quienes no han cobrado el aguinaldo, ¿cuándo y cuánto ganarán en 2023?

Martes 19 de Diciembre de 2023

Todos los trabajadores deben recibir un Sueldo Anual Complementario (SAC o aguinaldo), y la Ley Nº 23.041 establece qué debe calcularse sobre el cálculo del 50% de la mayor remuneración mensual devengada por todo concepto dentro de los semestres que culminan en los meses de junio y diciembre de cada año.

¿Cuándo se paga el aguinaldo en 2023?

El sueldo anual complementario es abonado en dos cuotas (dos medios sueldos): el 30 de junio y el 18 de diciembre de cada año. Sin embargo, quienes no lo cobren este lunes, no deberían preocuparse todavía, ya que la ley prevé cuatro días hábiles para que sea abonado. Así, pese a que hay un día establecido, las fechas de cobro de este año son:

18 de diciembre

19 de diciembre

20 de diciembre

21 de diciembre

22 de diciembre

Es que, este año, el día 18 de diciembre cae lunes, y hasta el viernes siguiente, se podrá extender la fecha de pago. Las empresas deben pagar el aguinaldo el 18 de diciembre, o hasta cuatro días hábiles posteriores a esa fecha.

¿Qué incluye el pago del aguinaldo?

En el aguinaldo se incluyen “horas extras y comisiones” que el trabajador pudiera haber realizado durante el semestre que se considere. Es decir, se toma en cuenta para calcular la mejor remuneración.

Si durante los meses previos al pago del aguinaldo el trabajador hubiera reducido su jornada laboral, corresponderá el pago de “la mejor remuneración devengada”, sin computar dicha reducción de mutuo acuerdo.

Si un mes se hubiera cobrado más, por incluirse un retroactivo, este se prorratea en los meses en los que se debió cobrar, y esa proporción se incluye en el aguinaldo.

Por el contrario, los conceptos no remunerativos no se incluyen en el cálculo del aguinaldo, por no tener naturaleza remunerativa o salarial.

Otros conceptos como el pago de “maternidad” también quedan excluidos, por ser subsidio, y no sueldo; y el mismo criterio se aplica para todos los beneficios sociales. En el caso de las licencias sin goce de sueldo, no se computan.

¿El aguinaldo pagará ganancias?

Según se publicó en el Boletín Oficial, los trabajadores que cobren un salario bruto de hasta $1.770.000 quedarán exceptuados del pago al impuesto a las Ganancias, y ese tope se extiende al medio aguinaldo.

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