Entre las medidas dictadas por el Gobierno nacional por el Aislamiento Social Preventivo y Obligatorio, se autorizó una licencia especial para trabajadores y trabajadoras que tienen a su cargo el cuidado de niños y niñas menores de 6 años. Esto regía mientras se extendieran las restricciones fijadas en el marco de la cuarentena obligatoria y se mantuviera la suspensión del dictado de clases presencial. Pero con estos dos últimos requisitos llegando a su fin en gran parte del país, se espera que los trabajadores retornen a sus puestos laborales.
Llega a su fin la licencia para padres que tienen hijos a su cuidado
La resolución 207, dictada en conjunto por los ministerios de Trabajo y de Mujeres, Género y Diversidad, permitía dispensar de “cumplir tareas, ya sea de forma presencial o remota, a aquellos trabajadores y trabajadoras, personas adultas responsables a cargo, cuya presencia en el hogar resulte indispensable para el cuidado de niños y niñas menores de 6 años”, y establecía que una sola persona por hogar podía acogerse a la misma.
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Además, mientras duren las medidas de aislamiento y cesantía total o presencial de clases, se otorga a los trabajadores con niños de entre 6 y 12 años de edad, o con personas mayores a cargo, la posibilidad de solicitar una “adecuación horaria” o pautar horarios compatibles con sus tareas de cuidado.
En ambos casos, el salario de los trabajadores no debía verse de ninguna manera afectado, y la norma refuerza el derecho a la desconexión digital, una vez culminada la jornada laboral.
El artículo cuarto de la norma estableció que se debía velar por un uso equitativo, en términos de género de la misma, para “evitar una mayor feminización de este trabajo (cuidado de los hijos o de los mayores) en el contexto de aislamiento social y preventivo”.
Ahora bien, las flexibilizaciones de la cuarentena, junto con el fin del ciclo escolar, previsto entre el 11 y el 18 de diciembre en gran parte del país, significará el final de esta licencia especial.
La norma sigue vigente hasta el 18 de diciembre y señala que “la persona alcanzada por esta dispensa deberá notificar tal circunstancia a su empleador o empleadora, justificando la necesidad y detallando los datos indispensables para que pueda ejercerse el adecuado control”.
Por el contrario, en los próximos días se espera que se extienda otra medida tomada por la misma cartera para el ámbito laboral, y tiene que ver con la imposibilidad de producir cesantías o suspensiones unilaterales. Ambas prohibiciones se estirarían por 60 días más.