Jueves 08 de Septiembre de 2016
El Ministerio de Salud, a través de la Agencia Santafesina de Seguridad Alimentaria (Assal) prohibió la comercialización y dispuso el decomiso, en todo el territorio provincial, de los tomates triturados marca "Parnaso".
La medida fue adoptada por la Orden N° 43, en la que se señala que una muestra tomada en Cañada de Gómez del referido producto alimenticio permitió conocer que correspondería a la jurisdicción de la provincia de Mendoza.
Así lo reconoció el secretario de la Assal, Raúl Samitier, al precisar que por medio del Sistema de Información Federal para la Gestión y el Control de los Alimentos (Sifega) se realizaron consultas a la Dirección de Nutrición e Higiene de los Alimentos de Mendoza sobre la validez de los registros del producto citado.
Mediante la respuesta se confirmó que "conforme sus registros, el Registro Nacional de Establecimiento (RNE) N° 13-005854 no existe y el Registro Nacional de Productos Alimenticios (Rnpa) corresponde al cóctel de cinco frutas grado común en jarabe diluido, marca Coinco, con titularidad del R.N.E. N° 13-002266".
Por otra parte, el protocolo de análisis de la agencia, en el informe de rotulación concluye que "la muestra analizada es no conforme a lo establecido en el capítulo V del Código Alimentario Argentino (CAA), Ley N° 18.284 con motivo que el RNE mencionado en el rótulo es inexistente y el RNPA falsificado, además de no declarar determinada información que es obligatoria".
Por tales motivos, carecen de trazabilidad, lo cual representa peligros/riesgos ante su eventual circulación, distribución y/o consumo.
Frente a ello, Samitier aseguró que desde la Assal, es "necesario establecer una medida preventiva con la finalidad de reducir y/o eliminar los peligros/riesgos de tales productos alimenticios", destacando que todo lo apuntado "configura una infracción a lo establecido en los artículos 3 de la Ley N° 18.284 y 155 del Código Alimentario Argentino (CAA)".