Miércoles 03 de Mayo de 2017
El Concejo Municipal aprobó en la última sesión una ordenanza del concejal Ignacio Martínez Kerz (PJ-Santa Fe es una Sola) a través de la cual establece que los pedidos de informes formulados por el cuerpo legislativo local deberán ser contestados en forma precisa y completa dentro del plazo de 15 días computado desde la fecha de comunicación al Ejecutivo o, en su caso, al organismo al que sea dirigido, siempre que la norma sancionada no dispusiera otro plazo.
"Si el tiempo estipulado resultara insuficiente por la complejidad o la extensión, deberá solicitarse una ampliación de plazo por nota y de manera fundada", expresa otro de los artículos de la norma sancionada. "Esto se fundamenta en que el deber de responder a los informes requeridos por el Concejo Municipal al Ejecutivo se desarrolla en cabeza del Intendente, pero no se agota con la respuesta verbal o escrita de los mismos; se profundiza en un entendimiento fluido de las relaciones entre poderes, que proyecta una relación institucional eficiente y moderna", expresó Martínez Kerz.
La solicitud de ampliación de plazo será aceptada si el Concejo Municipal no se pronunciara dentro de las dos sesiones ordinarias siguientes a la incorporación en los asuntos entrados. Si la ampliación de plazo fuera denegada, la contestación del pedido de informe deberá ser elevada en el estado en que se encuentre al vencimiento del plazo original, constando detalle de la información que no pudo ser proporcionada por falta de tiempo para obtenerla.
"Esta ordenanza aspira a vitalizar la comunicación entre poderes, y a ser una herramienta que sirva para establecer una nueva oportunidad de relación", agregó más adelante el edil.
Cumplir con la norma
Si la información requerida no es suministrada en modo alguno dentro de los plazos establecidos o lo es pero de un modo ambiguo o parcial, se considerará que existe negativa a brindarla e incumplimiento de la obligación quedando expedita, sin más, a alguna acción por mora administrativa y/o las acciones judiciales y administrativas que se juzgue convenientes.
"La falta de respuesta de los pedidos de informes perjudican el cumplimiento de las funciones propias del Concejo Municipal. Es deber habilitar el surgimiento de la colaboración recíproca para el cumplimiento de los mandatos que la Constitución y la Ley imponen, permitiendo al Concejo Municipal ejercer funciones propias con conocimiento y, al Intendente y responsables de cada organismo municipal, cumplir responsablemente el rol que le corresponde en el proceso legislativo", finalizó el edil justicialista.