Jueves 24 de Agosto de 2023
Frente a los distintos saqueos y robos organizados que se dieron en estos días en distintos puntos del país, Alejandro Otte, presidente del Instituto de Derecho Penal del Colegio de Abogados de la provincia de Santa Fe, detalló qué pueden hacer los comerciantes ante estas situaciones.
En diálogo con Ahí Vamos en UNO 106.3, explicó cuándo hay legítima defensa y qué responsabilidades ante la ley pueden llegar a tener las personas que ataquen a los delincuentes.
"No hay ninguna duda que cuando somos atacados podemos defender nuestra propiedad. Si cualquiera está caminando por la vía pública y se acerca alguien que nos quiere robar, la ley nos habilita a defendernos y sin importar el daño que le provoquemos al atacante. Si me quieren robar el teléfono y estoy armado puedo defenderme tranquilamente. Con más razón un comerciante, dos, que ven cómo grupo de personas se están organizando para ingresar a su local y saqueárselo", afirmó.
"El art. 34 del Código Penal establece que tiene que haber tres condiciones o requisitos. Por un lado, una agresión ilegítima, es un ataque que no tengo por qué sufrirlo y quien lo lleva adelante no tiene ningún derecho a realizarlo. El segundo, el más importante y difícil de entender, es la necesidad racional del medio empleado, no proporcional; porque muchas veces decimos «si está desarmado ¿puedo defenderme con un arma de fuego?» y en ocasiones sí ¿Necesito que el otro venga con un arma de fuego para defenderme con un arma de fuego? No, no necesariamente. Por último, la falta de provocación suficiente, de alguna manera no haber incitado a que el otro me agreda; no sé si está bien o mal, pero sí está permitido", detalló el profesional.
•LEER MÁS: Tres ladrones detenidos por cometer una entradera en el local Carnes de Campo
El abogado contó qué sucede en caso de que en esa defensa el atacante termine muriendo: "El resultado muerte no es algo que necesariamente implique una responsabilidad penal, de hecho, estamos habilitados a ocasionar cualquier resultado, sobre todo cuando los ataques se den durante la noche, que pretendan ingresar al domicilio, o bien en cualquier momento del día encontrando a extraños en la vivienda de uno, y que también puede ser un local comercial, y cuando se resistan a dejar un lugar. Entonces, si se da una agresión ilegítima, hubo un empleo racional de los medios que tengo a disposición y como resultado hay muerte, estoy justificado".
Por otro lado, Alejandro Otte aclaró otra situación que se puede presentar en un hecho delictivo: "Si no hubo una defensa racional en relación al ataque, se da lo que se conoce como el exceso de la legítima defensa. En ese caso, sí hay una responsabilidad penal ¿Cuál es esa responsabilidad o en qué consistiría el exceso? El exceso puede estar dado cuando por ejemplo el ataque ya cesó, es decir, si a mí me robaron y la persona se está yendo y se ubica a 15 metros de distancia, donde mi vida o integridad no corre absolutamente ningún peligro, donde ese ataque a mi propiedad privada ya se terminó, ahí si saco un arma y le disparo por la espalda no es tan claro".
El presidente del Instituto de Derecho Penal del Colegio de Abogados afirmó que además se puede defender a un tercero y con el cual no se tiene ninguna relación. "Si paso por la calle y veo que a una señora de 80 años le quiere arrebatar la cartera dos jóvenes y dispongo de un arma, por supuesto que la puedo usar", ejemplificó.
•LEER MÁS: Perotti pidió "no sumarse a versiones intencionadas" sobre saqueos y las vinculó al clima electoral