Comenzó la veda electoral y las prohibiciones
Desde las 8 y hasta el cierre del acto electoral, se prohíbe realizar actos públicos de proselitismo; la emisión y publicación de avisos publicitarios en medios de comunicación, como así también resultados de encuestas, sondeos de opinión, pronósticos electorales, así como la referencia a sus datos.

Viernes 09 de Agosto de 2013

El Código Electoral Nacional establece cuáles son los actos que se consideran prohibidos a los fines de asegurar el normal desarrollo de los comicios. En ese sentido, se informó que está prohibido y hasta pasadas tres horas de ser clausuradas las PASO, los espectáculos populares al aire libre, los espectáculos populares en recintos cerrados, las fiestas teatrales y deportivas, toda clase de reunión pública que no se refiera al acto electoral y publicar o difundir encuestas y proyecciones sobre el resultado de la elección.

En tanto, a 80 metros de la mesa receptora de votos está prohibido la realización de reuniones de electores en los domicilios, la utilización de las viviendas como depósito de armas, la apertura de organismos partidarios, y la distribución de boletas de sufragios a los electores.

A su vez, 48 horas antes (empieza hoy a las 8) y hasta el cierre del acto electoral se prohíbe realizar actos públicos de proselitismo; la emisión y publicación de avisos publicitarios en medios televisivos, radiales y gráficos con el fin de promover la captación del voto del elector; la publicación en medios de comunicación –sean estos audiovisuales, de radiodifusión y gráficos– de resultados de encuestas, sondeos de opinión, pronósticos electorales, así como la referencia a sus datos.

Finalmente, desde la Secretaría Electoral se indicó que 12 horas antes y tres horas después de finalizado el acto electoral se prohíbe la portación de armas, el uso de banderas, divisas u otros distintivos; y tener abiertas las casas destinadas al expendio de cualquier clase de bebidas alcohólicas.

Exención del voto

Desde el Tribunal Electoral de la provincia también informaron que se pude solicitar la Exención de la Obligación de Votar para las elecciones primarias locales del 11 de agosto. Sin embargo, el electorado está obligado a hacerlo para la categoría nacional, así que sí o sí tendrá que concurrir a sufragar este domingo entre las 8 y las 18.

De todas maneras, este trámite puede realizarse a través de la página www.tribunalelectoral.santafe.gov.ar donde el ciudadano deberá completar e imprimir el formulario, para luego, pasados los comicios primarios, presentarse ante las oficinas habilitadas (Registro Civil y juzgados comunitarios de las pequeñas causas) para justificar la no emisión del voto. Ese mismo trámite se puede hacer de forma presencial, ante las oficinas habilitadas, confeccionando el formulario remitido por esa secretaría por duplicado.