Fue a la Legislatura la primera tanda de jueces comunitarios
Se trata de 20 pliegos que envió el Poder Ejecutivo para su análisis a la Asamblea Legislativa. Es la primera vez en la historia que la selección no se hace a dedo sino con criterios objetivos.

Domingo 15 de Septiembre de 2013

El Ministerio de Justicia y Derechos Humanos envió a la Legislatura provincial la primera tanda de pliegos de candidatos a jueces comunitarios de pequeñas causas. Diputados y senadores tendrán tiempo hasta el 10 de octubre para tratar las designaciones de los 20 postulantes y en caso de exceder ese plazo habrá aprobación automática, tal como lo prevé la Constitución santafesina para los cargos en la Justicia.

En lo que significa un verdadero cambio de paradigma, por el mayor grado de transparencia en la selección, la idea del gobierno del Frente Progresista es que durante 2013 se reduzca en un 30 por ciento la cantidad de vacantes en los juzgados comunitarios, a la vez de profesionalizar un sistema donde en los últimos años primaron los escándalos.

En ese sentido, hasta 2007 los jueces comunales eran elegidos a dedo por el gobernador de turno, ni siquiera tenían que pasar el filtro de una Asamblea Legislativa para quedarse con el cargo. El tema siempre fue harto polémico, mucho más cuando Carlos Reutemann dejó la gobernación en 2003, época en la que llegó a nombrar a su masajista, a las esposas de funcionarios y de periodistas amigos.

Jorge Obeid apenas si logró imponer la obligación de que los jueces comunales (hoy comunitarios de pequeñas causas) a designar sean abogados –hasta entonces sólo era requisito haber terminado el secundario– e instauró la lógica de que esos nombramientos tengan que ser ratificados por la Legislatura para quedar efectivos, “aunque eso no se produjo nunca”, según señaló la presidenta del Consejo de la Magistratura, Carolina Zancada, al sitio web dataregional.com.

De aquel período, en innumerables casos la oposición de entonces (los integrantes del Frente Progresista, Cívico y Social) criticó el sistema de selección de candidatos por la sobreabundancia de criterios políticos por sobre los objetivos. También es cierto que Obeid, a sólo 20 días de dejar la Casa Gris, mandó una tanda de nombramientos con la excusa de que eran cargos “necesarios” y “urgentes”.

En ese contexto empieza la gestión de Hermes Binner, cuyo uno de sus primeros actos administrativos es firmar un decreto de autolimitación de nombramientos para la Justicia y crea un Consejo de la Magistratura para intervenir en los procesos de selección. A partir de allí se produce un llamado a concurso de antecedentes y oposición para cubrir vacantes en los juzgados comunales, donde se inscriben más de 400 personas.

Mientras ese mecanismo electivo avanzaba, la Legislatura aprueba la Ley de Jueces Comunitarios y Pequeñas Causas, con lo cual el Ejecutivo decide suspender el concurso y readecuarlo a las nuevas circunstancias exigidas por la norma. Es decir, el cargo tiene mayores facultades jurisdiccionales, sólo pueden concursar profesionales del derecho con cierta antigüedad en el foro y es la Asamblea Legislativa –como ocurre con jueces, fiscales y defensores– el que aprueba o no los pliegos.

Bajo esas circunstancias es que se demoró durante tantos años el envío de la primera tanda de candidatos a jueces comunitarios de pequeñas causas a la Legislatura, porque hubo que hacer una adecuación de los nuevos requisitos. “No podíamos seguir el concurso tal cual estaba porque íbamos a producir jueces comunales que ya no existían”, argumentó la presidenta del Consejo de la Magistratura de la provincia.

“La dilación –añadió Zancada– está dada por la propia masa de personas que participaron, ya que se corrigieron alrededor de 300 pruebas de oposición, la misma cantidad de legajos de antecedentes y luego se tuvo que tomar muchísimas entrevistas públicas, por ejemplo, para la vacante de Santa Rosa de Calchines.

se inscribieron alrededor de 105 postulantes que hubo que evaluar minuciosamente”.

¿Por qué tanto cuidado en el análisis de los inscriptos? Recordó que hubo personas que presentaron antecedentes que no les correspondían, como “un joven que presentó un curso que en realidad hizo su padre (que era funcionario del Poder Judicial) para sumar más puntaje y otros que reclamaron por posgrados que hicieron cuando en realidad habían cursado sólo un par de materias. Un error material así implica la judicialización del concurso”, dijo.

Los abogados, los menos

“Todos los jueces comunales –por imperio de la ley– pasaron a ser jueces comunitarios de pequeñas causas aunque con una distinción en el origen: los que tienen título profesional de abogado tienen todas las facultades que la ley le impone, que son bastante más que las que tenía el histórico juez comunal; y los que no son abogados van a tener facultades restringidas, porque las decisiones jurisdiccionales las van a tener que elevar al juez comunitario que sea abogado más cercano”, explicó la funcionaria sobre cómo funciona el nuevo régimen.

Así será el sistema de implementación hasta que todos los jueces comunitarios sean abogados. Ante la consulta de cuántos de los actuales magistrados no son profesionales del derecho, Zancada respondió: “Puedo decir que los menos son abogados, 48 (uno con título de escribano) en la actualidad. El total de juzgados comunitarios son 255, casi uno por localidad, y de esos tenemos 120 vacantes. Ahora esperamos cubrir 20 con los pliegos que ya están en la Legislatura”.

También anticipó que en los próximos días se iniciará un proceso de concurso para otro grupo de 20 juzgados, con lo cual cree que antes de fin de año se reducirá más de un 30 por ciento el número de vacancias. Además, indicó que en algunos pueblos de la provincia (como Colonia San José o Garibaldi) nunca se designaron jueces y, por ende, son estructuras que no se pusieron en marcha desde su creación, hace varios lustros.

En el orden de prioridades, esos juzgados no serán los primeros en cubrirse. Los criterios objetivos que se utilizaron para elegirlos son la carga de trabajo y la incidencia poblacional. “La información de cantidad de trámites jurisdiccionales y de trámites de Registro Civil, la mayoría tiene a cargo este tipo de funciones, es el punto más relevante que tomamos para determinar cuáles son las próximas vacantes a concursar. Esto es porque hay algunos juzgados donde tenemos seis trámites al año, diez trámites al año o no alcanzan a tener un trámite al mes”, concluyó.