Las apps, empresas multinacionales, deberán establecer domicilio en la ciudad de Santa Fe. Se especifican las obligaciones que deberán cumplir quienes deseen ser conductores y los requisitos para los vehículos.
Jueves 10 de Octubre de 2024
El Concejo Municipal de Santa Fe aprobó una nueva ordenanza que establece un marco regulatorio para el funcionamiento de las plataformas electrónicas de transporte de personas (apps de viaje), como por ejemplo Uber y Maxim.
La normativa sancionada busca asegurar la seguridad y la legalidad en el servicio de transporte, y establece requisitos claros para los intermediarios, conductores y vehículos que participen en este sistema.
Obligaciones que deberán cumplir las aplicaciones de viaje
Los intermediarios del transporte de personas por plataformas (es decir, las apps de viaje que deseen funcionar en la ciudad) deberán inscribirse en el registro que el Departamento Ejecutivo Municipal cree a tales fines, debiendo para ello encontrarse debidamente registrados ante las autoridades estatales competentes, conforme a su razón social e inscriptos en los rubros tributarios conforme a las exigencias de las normas y reglamentaciones nacionales, provinciales y municipales.
El articulo 4° establece diversas oblicaciones para con los intermediarios, Obligaciones. Los intermediarios del transporte de personas por plataformas deben cumplir los siguientes requisitos:
- Inscripción: Deben registrarse en el nuevo registro municipal.
- Domicilio legal: Establecer un domicilio en Santa Fe.
- Representante: Designar a un representante residente en la ciudad.
- Licencias y seguros: Solicitar que cada conductor tenga licencia profesional (Clase D1), seguro vigente y registro del vehículo.
- Informes mensuales: Presentar una lista mensual de conductores y vehículos registrados.
- Asignación de viajes: Solo asignar viajes a conductores y vehículos debidamente registrados.
- Información a la autoridad: Proveer información necesaria sobre conductores, recorridos y montos cobrados.
- Cumplimiento legal: Asegurar que toda la operación cumpla con la legislación vigente.
- Derecho por servicio: abonar el derecho por el servicio de transporte.
- Información al usuario: Informar a los pasajeros sobre el conductor, vehículo y costo del viaje.
- Identificación en el vehículo: Exhibir un cartel identificatorio con datos del vehículo y conductor.
- Veracidad de datos: Garantizar la autenticidad de la documentación; el falseamiento resultará en exclusión.
- Seguro obligatorio: Contar con el seguro establecido por la normativa vigente.
El artículo 5º de la norma advierte que en caso de baja de un conductor por incumplimiento de la presente ordenanza y/o de los requisitos exigidos por la legislación vigente, el intermediario del transporte de personas por plataformas debe informar de manera inmediata a la autoridad de aplicación de esta situación.
La norma también señala que deberán permitirle al usuario del servicio realizar el pago electrónico y/o en efectivo.
Apps de viajes: cantidad de vehículos que podrán operar en la ciudad
El municipio determinará un número máximo de vehículos afectados al servicio de transporte de personas concertado exclusivamente con la intermediación de plataformas, garantizando que dicha cantidad no afecte a los otros subsistemas, evitando la saturación de la oferta y manteniendo una equidad y libertad de oportunidades para todos los efectores del servicio de transporte.
A tales fines, para establecer la cantidad de vehículos a autorizar, se tomará como máximo el 50% de los vehículos activos hoy autorizados en los otros subsistemas, taxis y remises. Superado dicho número, se evaluará en el seno de la comisión nuevas autorizaciones.
Requisitos que deberán tener en cuenta quienes deseen ser conductores
Quienes deseen ser conductores de alguna app de viaje deberá tramitar su inscripción a través de una plataforma registrada. El Departamento Ejecutivo Municipal será el encargado de determinar la vigencia de la registración prevista en el artículo precedente.
Cada conductor sólo podrá solicitar la registración de hasta un (1) vehículo y viceversa para ser afectado al uso de transporte de personas por plataformas electrónicas.
El Concejo aprobó por unanimidad el funcionamiento de aplicaciones de viajes en Santa Fe
Además, la ordenanza sancionada establece que solo podrán ser conductores quienes acrediten licencia de conductor profesional – Clase D1 - emitida por la Municipalidad de la ciudad de Santa Fe, y cumplan con todos los requisitos exigidos por la legislación vigente para conducir en la vía pública.
Además, advierte que los conductores solo podrán prestar servicio cuando existan solicitudes que hayan sido aceptadas y/o procesadas a través de las plataformas electrónicas registradas, por lo que se prohíbe expresamente la toma de viaje en la modalidad de oferta pública en calle. También indica que los conductores debencumplir con las obligaciones tributarias a nivel nacional, provincial y municipal.
Qué requisitos deberán tener los autos
Todo automóvil destinado al uso de plataformas electrónicas para facilitar el transporte de personas debe reunir las siguientes condiciones mínimas:
- Tener una antigüedad de hasta siete (7) años computándose la misma al 31 de diciembre de cada año. Si se tratare de un vehículo híbrido o eléctrico, el plazo de antigüedad se extiende a diez (10) años. Transcurridos estos plazos, la habilitación del vehículo se extenderá por seis (6) meses, siempre que el titular del vehículo presente la constancia de iniciación de los trámites para la adquisición de una unidad cero kilómetro. En caso de los subsistemas de taxis y remises debe reunir la antigüedad consignada en las Ordenanzas N° 11.661 y N° 9.981 respectivamente.
- Libre Multa Municipal.
- Unidades de cuatro (4) puertas con articulación independiente, con una capacidad mínima de tres (3) pasajeros, no pudiendo transportar más de cuatro (4).
- Contar con Revisión Técnica Obligatoria (RTO) vigente.
- Estar radicado en la ciudad de Santa Fe.
- Estar al día en el pago de la patente automotor y presentar libre de deuda municipal.
- Contar con seguro obligatorio para automóviles, cuya cobertura deberá contemplar daños a terceros transportados.
- Contar con un código QR identificatorio con acceso a la información del vehículo y del conductor afectados al servicio de transporte de personas por plataformas, no pudiendo añadir luces ni ningún otro medio de identificación distinto a la exclusivamente señalada.