Martes 27 de Mayo de 2014
El diputado nacional por la provincia de Santa Fe, Antonio Riestra (PARES - Unidad Popular), impulsa la derogación de la ley 21.172, vigente desde 1975, por la cual se comenzó a instrumentar la aplicación de flúor a las aguas de abastecimiento público de todo el país, con el propósito de prevenir las caries.
“A casi 50 años de la puesta en vigencia de la ley que proponemos derogar han surgido numerosos estudios y evidencias científicas que nos dicen que la política sanitaria correcta es eliminar en lo posible el flúor natural que se encuentra presente en el agua y prohibir la fluoración artificial”, explicó el legislador en un comunicado de prensa.
En la actualidad, solo ocho países proveen de agua artificialmente fluorada a más del 50 por ciento de su población: Estados Unidos, Australia, Israel, Malasia, Nueva Zelanda, Irlanda, Colombia y Singapur. Mientras una gran mayoría discontinuó el uso del flúor o nunca lo utilizaron. En estos casos, tampoco establecen ninguna cantidad mínima requerida.
Según el comunicado emitido por Riestra, Alemania, Francia, Bélgica, Luxemburgo, Finlandia, Dinamarca, Noruega, Suecia, Holanda, Irlanda del Norte, Austria y la República Checa han prohibido o rechazado la adición de flúor a sus suministros de agua. Y otros marchan en esa dirección, como Gran Bretaña o Australia.
“Es importante resaltar, que la ley que proponemos derogar, es en realidad un programa sanitario, dado que ese fue su espíritu. Y siendo así nos preguntamos, qué tipo de programa de salud distribuye un medicamento por medio de agua potable, masivamente, sin el consentimiento del «paciente», obviando su derecho a estar debidamente informado y desconociendo las características individuales de cada uno de los consumidores”, agregó Riestra.
“Y con respecto a su distribución masiva como medicamento para prevenir o evitar la caries –siguió el comunicado–, está comprobado científicamente que los beneficios del flúor son principalmente de carácter tópico (es decir por aplicación directa a los dientes) y que su ingestión causa más perjuicios que beneficios”.
El documento agrega que, en ese sentido, “se debe señalar que en los países con fluoración, incluido el nuestro, no existen monitoreos de efectos secundarios o colaterales del flúor. No hay un registro continuo de niveles de fluoruro en orina, sangre, huesos, cabello, o uñas de la población, y tampoco de grupos delicados en particular, como las personas con enfermedad renal y otros sectores de la población que son más vulnerables a la toxicidad del flúor, como bebés, ancianos, diabéticos, personas con dietas bajas en proteínas”.
Y agrega: “Por ello sostenemos que prevenir la caries (si es que esta es la manera eficaz) no justifica forzar a que la gente, la mayoría sin saberlo, a que ingiera flúor a través del suministro de agua potable. Creemos que una enfermedad tan sencilla, también puede prevenirse de manera sencilla y menos invasiva”.
Más allá de la norma
“De todos modos –continúa– debemos advertir el problema derivado por la presencia de flúor en el agua potable no se resuelve con la derogación de la ley 21.172. En muchas provincias argentinas el flúor se encuentra de manera natural en el agua, superando incluso, los límites establecidos en el artículo 982 del Código Alimentario”.
Por ello, además de ser necesario la suspensión de la fluoración, será indispensable controlar los niveles existentes y defluorar el agua cuando se superen los máximos vigentes en el Código Alimentario, concluye el proyecto.