Miércoles 14 de Junio de 2023
La Anmat (Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica) prohibió la comercialización en todo el país y plataformas de venta en línea de “Latte Chocolate”, una marca de golosina con maní que se considera de un producto “ilegal”, ya que no presenta correctamente la información necesaria en su etiqueta, tal como los “efectos adversos” que podrían tener ciertas personas celíacas o alérgicas.
A través de la disposición 3998/2023, publicada en el Boletín Oficial en las primeras horas del martes, el organismo descentralizado dio a conocer que la medida surgió de una auditoría llevada a cabo por la Dirección de Bromatología y Zoonosis de la Municipalidad de Florentino Ameghino de la provincia de Buenos Aires. Tras una verificación de los rótulos de los productos por parte de DIPA se determinó que tanto el Certificado de habilitación municipal N° 21205, como el número de Registro Nacional de Establecimiento (RNE) mencionado pertenecen a otra razón social que no cuenta con autorización para elaborar alimentos libres de gluten.
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Es así que la Dipa emitió una alerta en su página web advirtiendo a la población en general, y a la comunidad celíaca en particular, que se abstengan de consumir estos productos, y a los comerciantes que cesen su venta. De esta manera se determinó la prohibición de la “elaboración, fraccionamiento y comercialización” en todo el territorio nacional de los productos “Barra de chocolate con maní, sabor chocolate con maní, libre de gluten Sin TACC, Contenido neto: 75 gr., RNE 02-041604 y RNPA en trámite, Certificado de habilitación municipal N° 21205, Calle 39 N° 1618, La Plata” y “Chocolate negro con maní, sabor chocolate con maní, libre de gluten Sin TACC, RNE/ RNPA: en trámite” en cualquier presentación, lote y fecha de vencimiento.
La explicación agrega que no se indicó correctamente la información obligatoria en su rótulo “como los alérgenos y sustancias capaces de producir reacciones adversas en individuos susceptibles”, y por estar “falsamente rotulados al consignar en el rótulo el símbolo y la leyenda “Sin T.A.C.C.”, sin estar autorizados con tal atributo, resultando ser en consecuencia ilegales”.
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