Tras que el juez penal José Boaglio declaró la no punibilidad del adolescente de 15 años de San Cristóbal, qué medidas tutelares debe aplicar el Estado
19:06 hs - Martes 20 de Octubre de 2026
El juez penal José Boaglio dictó el sobreseimiento por no punibilidad de Gino C., el adolescente de 15 años que mató a un compañero de 13 en la Escuela Normal N.º 40 de San Cristóbal. Al ser menor de 16 años al momento del hecho, no recibirá pena ni sanción penal.
A siete meses de un hecho trágico que conmocionó a la provincia de Santa Fe y al país, el juez penal José Boaglio dictó el sobreseimiento de Gino C., el adolescente que en marzo de este año ingresó armado a la escuela Mariano Moreno de San Cristóbal y mató a un compañero de 13 años.
Sin embargo, que no tenga una condena o pena penal no significa que quede sin intervención estatal ni supervisión.
Qué tipo de medidas o abordajes enfrenta el adolescente
- Sin pena penal (sin prisión ni prontuario): no puede ir a un centro de detención ni a un penal, ni se le registra un antecedente penal criminal.
- Medidas tutelares y de protección integral: el Juez de Menores, en coordinación con la Secretaría de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia de la provincia de Santa Fe, dispone medidas de resguardo y protección estatal.
- Abordaje interdisciplinario obligatorio: se le imponen tratamientos de salud mental (psicológicos y psiquiátricos), acompañamiento pedagógico/educativo y seguimiento social junto a su entorno familiar.
- Restricciones de conducta y alejamiento: el juzgado puede fijar pautas de residencia, la prohibición de acercamiento a determinados lugares o personas, y la obligación de someterse al control de un equipo técnico tutelar.
En síntesis, desde el punto de vista del derecho penal no recibe un castigo ni una pena; en su lugar, el Estado aplica medidas tutelar-asistenciales de cumplimiento obligatorio para el resguardo de su integridad y la de terceros.