El Ministerio de Salud de la provincia, a través de la Agencia Santafesina de Seguridad Alimentaria (Assal), prohibió la elaboración, tenencia, fraccionamiento, transporte, comercialización y exposición en todo el territorio santafesino del producto alimenticio rotulado como “Moringa Oleifera”, procedente de la ciudad de Junín, República del Perú.
La medida fue adoptada debido a que el producto de referencia carece de Registro Nacional de Establecimiento, que dé trazabilidad a la importación del mismo en la Argentina, por lo cual, no se halla conforme al artículo 4º de la Ley Nº 18.284 y al 4º del Anexo II del Decreto 2126. Por lo expuesto, el producto alimenticio en análisis es falso.
La Assal prohibió un suplemento alimenticio
La medida, válida para todo el territorio provincial impide, además, la elaboración, tenencia, fraccionamiento, transporte, comercialización y exposición del mismo.
Por Valentina Fassi
31 de enero 2019 · 08:20hs
La medida incluye todas las presentaciones que se encuentren, debido a que el producto no está habilitado por el Código Alimentario Argentino. Esto no garantiza la trazabilidad y seguridad de los alimentos y representa un peligro para la salud de la población.
Cabe recordar que la Assal verifica que los productos alimenticios cumplan con la legislación alimentaria vigente; que los rótulos cuenten con toda la información obligatoria; y que esa información sea cierta y correcta, a fin de brindar herramientas a los consumidores de alimentos.
INFORMACIÓN INCLUIDA EN LA PRESENTACIÓN
<< Producto rotulado como “Moringa Oleifera”
<< Reg. San: 1585403
<< RUC: 20089465030
<< Localidad: Junín
<< País: Perú

















