Viernes 15 de Diciembre de 2023
Una de las primeras medidas que tomó el gobernador Maximiliano Pullaro fue firmar el decreto que anula la no repitencia en las escuelas, anulando así el avance continuo.
En la letra chica del decreto, el nuevo gobierno provincial expuso los argumentos para justificar la medida, comenzando porque "la escolaridad obligatoria es un mandato convencional y constitucional entendida como un recorrido integral que asegura los accesos y progresos de aprendizaje para la totalidad de los estudiantes".
"El derecho a la educación de calidad es un componente esencial de los derechos humanos que permite a las personas desarrollar su potencial y contribuir a la sociedad, que garantiza que todos los estudiantes tengan las oportunidades", siguió el documento.
Seguidamente, el decreto puntualizó que "es deber del Estado garantizar la equidad educativa a través de un proyecto pedagógico que asegure el acceso al trayecto y recorrido de cada uno de sus estudiantes en donde los docentes recuperen su rol de mediador y facilitador de aprendizajes de calidad para todos ellos".
En la comunicación se consideró que el avance continuo "no refleja ni caracteriza la trayectoria significativa y de calidad del alumno".
"Es necesario restablecer en su plenitud los regímenes excepcionados de los diferentes niveles y modalidades que permitan dar cuenta de los aprendizajes de calidad alcanzados por los alumnos", subrayaron.
Del mismo modo observaron que "en particular, el régimen de evaluación, calificación, acreditación y promoción de alumnos que cursan la educación secundaria obligatoria fue producto del consenso alcanzado con las instituciones educativas para lograr la definición de un modelo institucional inclusivo compartido que no debió haberse alterado por vía de excepción".
"La promoción constituye un acto mediante el cual se toman decisiones vinculadas con el pasaje de los alumnos de un tramo a otro de la escolaridad, a partir de criterios definidos institucionalmente", estipularon, y que "la acreditación es el acto por medio del cual se reconoce el logro por parte del alumno de los aprendizajes esperados para un espacio curricular en un período determinado".
Por otro lado señalaron que "los resultados de las evaluaciones nacionales mostraron indicadores alarmantes en toda la República Argentina y que, a los fines de atender las enormes necesidades educativas de la población -en tanto herramienta fundamental para la realización de proyectos de vida- la mejora no puede llegar de la mano de avanzar sin los aprendizajes de calidad".
"El avance continuo, entre otras disposiciones, establece que los alumnos que cuenten con vínculo mínimo, reducida o nula asistencia, avancen cumplimentando con instancias obligatorias en diciembre y febrero, vulnerando el derecho a la educación cuyo compromiso asumieron las provincias en la Ley Nacional N° 25.864 que garantiza 180 días de clases efectivos", criticaron.
"Los espacios de intensificación no pueden suplantar la evaluación como un proceso destinado a identificar y observar datos que reflejen la trayectoria para asignarles valores y conceptos que habilitan la posibilidad de tomar decisiones", concluyeron.