Desde el Centro de Acopiadores de Cereales y Oleaginosos de Santa Fe y la Sociedad Gremial de Acopiadores de Granos A.C., expresaron "profunda preocupación" por el proyecto de Ley Tributaria 2025 de la provincia, donde se exime del pago del impuesto sobre los Ingresos Brutos a las cooperativas agropecuarias que industrializan cereales por menos de 360.000 toneladas el año anterior.
Tributaria 2025: fuerte rechazo de acopiadores santafesinos por la excención de ingresos brutos a cooperativas
El Centro de Acopiadores y la Sociedad Gremial de Acopiadores de Granos alzaron la voz contra la Ley Tributaria 2025 presentada por el Gobierno provincial.
Dicha exención, de ser aprobada, resultaría altamente inequitativa, ya que se estaría eximiendo a un sector exclusivamente por su tipo societario, cuando hay una enorme cantidad de acopios de granos en la provincia que efectúan igual tarea y deberían tributar el impuesto por el solo hecho de estar constituidos como S.R.L. o como S.A., o ser simples personas humanas.
Letra chica de la Ley Tributaria
"Es necesario resaltar que uno de los pilares del Estado de Derecho es la igualdad ante la Ley y ese principio es justo el que se estaría vulnerando en este caso, desalentando a la inmensa mayoría de los acopios, no constituidos como sociedades cooperativas, que invierten y generan capital, trabajo e ingresos fiscales en esta provincia".
En la letra chica, la norma plantea que el Impuesto sobre Ingresos Brutos para 2025 no tenga aumento en las alícuotas para las actividades agropecuarias, industriales, transporte, construcción y comerciales.
De existir una exención, debe aplicarse a todos los que realizan la misma tarea, de lo contrario sería el propio Estado el que generaría asimetrías en el mercado y favorecería a un sector en detrimento de otro exclusivamente por su figura societaria, desanimando además a una actividad que como ya mencionamos es creadora de capital, trabajo e ingresos fiscales.
Por eso, concluyeron: "Peticionamos a las autoridades del Ejecutivo y el Legislativo provincial su revisión".