Cuál es la ley que le permite abortar a la niña de 12 años abusada por su padre

Se trata de la nena que después de expresar el deseo de abortar desapareció. Este lunes por la mañana fue detenido su padre, supuesto abusador; mientras que ella y su madre fueron encontradas en un hogar religioso.
3 de enero 2023 · 19:36hs

UNO Santa Fe reveló una grave situación de vulneración de derechos a una nena de 12 años quien sufrió abusos sexuales de forma reiterada y quedó embarazada. El supuesto abusador sería su padre, quien fue detenido en recreo este lunes por la mañana y que espera sea imputado este miércoles.

La niña es oriunda de Garibaldi, un pequeño pueblo del departamento Castellanos en el que viven cerca de 500 habitantes y que se encuentra a unos 120 kilómetros de esta capital provincial

Pedro Bayúgar, secretario general de Sadop.

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Como también adelantó este medio, junto a su madre habían expresado acceder a una interrupción del embarazo en un efector público de esta capital; sin embargo, la asociación Gravida (Centro de Asistencia a la Vida Naciente) intervino y frenó la decisión que habían tomado ambas.

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Fueron encontradas en un hogar religioso en donde funcionaría dicha asociación. Se dispusieron medidas de protección excepcional transitoria para resguardar a la niña y garantizar sus derechos.

¿Cuál es la ley nacional que le permite a la menor acceder a un aborto seguro y gratuito? Mariángeles Guerrero referente en Santa Fe del movimiento por el Derecho al Aborto, Legal, Seguro y Gratuito, recordó que en el país "la ley 27.610 contempla dos formas de despenalización del aborto".

La interrupción voluntaria del embarazo (IVE) hace referencia al derecho al aborto con la solicitud como único requisito hasta la semana 14 inclusive, de gestación.

En tanto que la interrupción legal del embarazo (ILE), en la cual estaría encuadrado el caso de la nena de 12 años abusada, hace referencia al derecho al aborto en las siguientes situaciones:

  • a) Si el embarazo es producto de una violación.
  • b) Si está en peligro la vida o la salud de la persona gestante.

Guerrero explicó que una de las opciones se la conocer como "despenalización por plazos", y profundizó: "Es la despenalización hasta la semana 14 de gestación inclusive. Es de forma voluntaria, no hace falta más que expresar la propia voluntad para interrumpir la gestación".

"Pasado ese período - continuó- lo que entran en juego son las causales de despenalización, las cuales ya estaban previstas desde 1921 en el código penal".

Subrayó que, en Argentina, a diferencia de otros países que optan por una de las dos opciones de interrupción de embarazo, conviven los dos modelos: una es por plazo (14 semanas) y la otra por causales.

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Esta última opción es la que hace referencia a la Interrupción Legal del Embarazo. "No es por plazos, sino por causales; por violación o salud. En el caso de la niña se dan las dos situaciones porque es una violación. Y también por su salud, está demostrado que es más riesgoso para su salud continuar con el embarazo que una interrupción del mismo. Esa es la razón por la cual cuadra dentro de la ley esta situación: se trata de una situación de abuso y segundo porque pone en riesgo la vida de la persona gestante, en este caso de la niña".

Respecto a la edad de la niña (12), la ley establece que menores de 13 años pueden acceder a la interrupción del embarazo con la asistencia de una persona que ejerza formal o informalmente roles de cuidado, personas allegadas o referentes afectivas. Estas deben participar en conjunto con la niña en la toma de decisiones y deben firmar también el consentimiento informado. Cabe recordar que, en este caso, la nena contaba con el apoyo y respaldo de su madre.

Adolescentes desde los 13 hasta los 16 años pueden, en general, acceder a la IVE/ILE sin necesidad de asistencia. Sólo en los casos en que por algún motivo particular la realización de la IVE/ILE implique un peligro grave para su salud o su vida, es necesario que estén asistidas/os de un/a referente afectiva/o, por personas que ejerzan formal o informalmente roles de cuidado, personas allegadas indicadas por la adolescente.

En tanto que adolescentes de más de 16 años siempre pueden acceder a la IVE/ILE sin necesidad de estar asistidas, ya que son consideradas como personas adultas para decidir sobre el cuidado de su propio cuerpo.

Guerrero indicó que las dos opciones de interrumpir un embarazo en el país (voluntaria o legal) se ajustan a lo legal y son voluntarias. Reiteró que "en el caso de que se esté cursando la semana 8 o 10 de embarazo no es necesario que el equipo médico realice una evaluación causal. En ese caso, se hace la ecografía, se evalúa la cantidad de semana y se procede a realizar la interrupción. De la semana 15 en adelante, lo que tiene que hacer el equipo de salud es hacer un informe dando cuenta de la situación del paciente o si el embarazo es producto de una violación".

Derechos en la atención de situaciones de IVE/ILE y en el postaborto?

Según la ley 27.610 son derechos de todas las personas, con y sin discapacidad, en relación a la IVE/ILE:

  • Recibir atención totalmente gratuita tanto en el sistema público como en obras sociales y prepagas (incluyendo todos los estudios, medicamentos y prácticas que fueran necesarios).
  • Acceder a la práctica de IVE/ILE en un plazo máximo de 10 días corridos, desde que la solicite.
  • Recibir del personal de salud un trato digno y respetuoso de su autonomía.
  • Que se garantice la privacidad en la consulta y la confidencialidad de toda la información vinculada a la atención.
  • Recibir atención de calidad (de acuerdo a las recomendaciones científicas vigentes).
  • Recibir información actualizada, comprensible, veraz y brindada en lenguaje y con formatos accesibles, según sus necesidades, sobre los procedimientos y los cuidados posteriores.
  • Recibir atención de su salud a lo largo de todo el proceso e información sobre los distintos métodos anticonceptivos.
  • Recibir métodos anticonceptivos en forma gratuita.
  • Acceder a los ajustes razonables (modificaciones en la atención de espacio, tiempo, comunicacionales, entre otros) necesarios para que puedan ejercer sus derechos.
  • Contar, si así lo deciden, con apoyos de personas de su confianza durante el proceso de atención.

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