La Corte Suprema tendrá siete miembros, sus integrantes cesarán automáticamente en sus funciones al cumplir 75 años salvo que el gobernador vuelva a proponer sus pliegos y los mismos sean aprobados en la Legislatura, en el proceso de nombramiento de los nuevos magistrados se incluirá una instancia donde se pueden incluir preguntas y observaciones de la ciudadanía, y los mismos –como todo el resto de los integrantes del Poder Judicial– deberán ir a trabajar diariamente a sus despachos.
Media sanción a la reforma judicial: nueva Corte Suprema de siete miembros y cese automático de jueces a los 75 años
La Cámara de Diputados provincial aprobó una serie de modificaciones a la ley orgánica del Poder Judicial. Los puntos principales del proyecto que la semana que viene el Senado convertirá en ley.
Esas son las novedades principales que introduce en el funcionamiento del máximo tribunal de la Justicia santafesina la ley que, luego de un acuerdo gestado por la mañana en un plenario de comisiones, fue aprobado este jueves a la tarde la Cámara de Diputados provincial y la semana próxima será validada por el Senado. En los hechos, la norma es la llave para que el gobernador Maximiliano Pullaro concrete uno de los objetivos que se propuso al iniciar la gestión: producir un recambio tajante en el máximo tribunal de la provincia.
Según publica el sitio Rosario3, el texto acordado en la reunión de las comisiones de Asuntos Constitucionales y Presupuesto y Hacienda tomó como base el proyecto presentado por el socialista Joaquín Blanco pero incorpora puntos incluidos en otros, como el del diputado de Creo Ariel Bermúdez y el del Frente Amplio por la Soberanía Fabián Palo Oliver. Era el único dictamen ya que el perottismo, que tenía su propio proyecto, también lo firmó, aunque en disidencia. En el recinto, la votación fue: 34 a favor, 12 negativos y una abstención. Además de Unidos, respaldaron la iniciativa en general el perottismo y el Frente Amplio por la Soberanía.
Frente a la edad límite de 75 años que establece la nueva norma para los jueces de la Corte, surge la pregunta: ¿la misma corre también para los cortesanos actuales o solo para los futuros? Se desatará –ya se desató en la sesión– una guerra de interpretaciones: ninguna ley legisla para atrás; pero a la vez tampoco suena prolijo que la propia Corte incumpla la letra, nueva es cierto, de la propia ley orgánica del Poder Judicial que conduce. Esto último le puede dar al mandatario provincial argumentos políticos para definir él, por decreto, eso que tres de los cinco actuales magistrados en esa condición no aceptaron hacer por sí mismos –dar un paso al costado– y probablemente intenten resistir jurídicamente.
Los jueces que superan esa edad y se niegan a dejar la Corte son Rafael Gutiérrez, Eduardo Spuler y Roberto Falistocco. Mario Netri y María Angélica Gastaldi presentaron sus renuncias, el primero desde fin de año la segunda desde abril.
En cuanto a la conformación de la Corte en sí, esta norma, que es modificatoria de la ley orgánica del Poder Judicial, incorpora el concepto de paridad de género. Se debe “procurar” que la integración del tribunal, sostiene en el artículo 1, cumpla “el principio de paridad de género” y refleje la “diversa procedencia regional”. Además, especifica que para funcionar “válidamente” la Corte debe tener como mínimo cuatro integrantes designados.
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El gobernador tiene la posibilidad de volver a proponer a los magistrados que cumplan 75: los pliegos deben pasar, como en cualquier caso, el filtro de la Asamblea Legislativa y su permanencia en el tribunal será por cinco años más.
En el proceso de nombramiento de los jueces de la Corte se agrega la obligación, en el marco del proceso que lleva adelante a comisión de Acuerdos, de abrir una instancia en la que la ciudadanía y organizaciones de la sociedad civil puedan realizar preguntas y observaciones sobre los pliegos de los postulantes.
En cuanto al quórum, para la conformación del mismo la Corte deberá reunir a la mayoría de sus integrantes designados. Para la emisión de un pronunciamiento válido, en tanto, se requerirá “un número de votos que requerirá la mayoría de los ministros que la integran”.
Una novedad importante que incorpora la nueva ley son las audiencias públicas a la que la Corte puede convocar con la idea de que los jueces puedan conocer la opinión de la ciudadanía sobre las decisiones que deben tomar.
El objetivo es “elevar la calidad institucional”, algo a lo que también apunta otro artículo, el 6, que la Corte debe “presentar y publicar en el portal web del Poder Judicial, en el marco de los principios de transparencia, gobierno abierto y rendición de cuentas, un informe de gestión de su administración durante el año judicial”.
En cuanto al personal de gestión del tribunal, se agregan a las secretarías de Gobierno y Técnica dos prosecretarías, con la idea de que se puedan descentralizar funciones de ambas áreas. El punto busca quitarle poder, más que nada, al secretario de Gobierno, cargo que hoy ocupa Eduardo Bodas, un verdadero hombre fuerte dentro de la estructura del Poder Judicial.
La creación de los nuevos cargos, especifica el artículo 10, “deberá llevarse a cabo sin incrementar la dotación del personal vigente ni la partida asignada” en el presupuesto provincial.