Diario UNO publicó el viernes 25 de julio, una advertencia de la Unión de Usuarios y Consumidores con respecto a los reclamos por facturas emitidas a pesar de los cortes del servicio de gas natural y el testimonio de una usuaria perjudicada que recibió una factura por un día de consumo.
Facturas de gas: "Se debe cobrar por el consumo normal hasta la fecha del corte"
El gerente de Relaciones Públicas de la empresa Litoral Gas, José María González, dijo que "después de la tragedia de calle Salta en Rosario, se aplican las mismas normativas las cuales están vigentes desde el año 1982. Lo que se ha modificado es el número de reclamos de vecinos y administradores de edificios el cual a aumentado considerablemente. Cuando se corta un servicio por seguridad, al usuario se le emite factura solo por los días en que tuvo consumo en situación normal hasta la fecha del corte. Si pasa todo un período cortado por seguridad, no le sale factura. Si por error se le emitió una factura o factura mínima, corresponde su anulación".
Más adelante expresó que "respondemos los reclamos que nos hacen los usuarios sobre inconvenientes en las instalaciones, como consecuencia de lo cual se producen más cortes en la medida que se registren pérdidas o condiciones inseguras. Hay más reclamos que años atrás.
En cuanto a las reglas de construcción de los edificios, sostuvo que esas reglas no las impone Litoral Gas sino que son las emanadas de la autoridad regulatoria, en este caso el Enargas. Si hay modificación de la instalación interna, se debe ajustar a la norma vigente".
Con relación al procedimiento, en caso de un corte en el servicio en los edificios, González indicó que "antes de abrir el servicio se rehabilita la instalación en partes comunes (propiedad del consorcio) por un lado y posteriormente se inspecciona cada departamento (propiedad del cliente) para verificar que cumple con normas mínimas de seguridad, no tiene pérdida interna y está apto para recibir el servicio. En caso de cualquier irregularidad de este tipo, las debe corregir el cliente con un matriculado. La empresa Litoral Gas aplica lo instruido por el ente porque así lo manda la normativa. Y los plazos máximos admisibles también se encuentran regulados por el Enargas".
Con respecto a dónde deben acudir los usuarios con problemas, "la reglamentación de la industria del gas natural dice que deben acudir en primer término a la Distribuidora y en segunda instancia al Enargas (independientemente de ello, los usuarios pueden acudir a otras entidades o defensorías, es un derecho que tienen todos), finalizó González.













