El Gobierno declaró la emergencia agropecuaria en Santa Fe y Chaco debido a las altas temperaturas y la sequía que afecta a ambas provincias.
Emergencia agropecuaria en Santa Fe: Nación prorrogó la medida para distintos departamento de la provincia
El estado de emergencia agropecuaria en Santa Fe y Chaco, fueron declaradas a partir de una prolongada sequía que afectó las explotaciones en varios distritos provinciales

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Imagen ilustrativa
La medida se oficializó mediante las Resoluciones 504/2025 y 506/2025 del Ministerio de Economía que fueron publicadas en el Boletín Oficial.
En el caso de Santa Fe se estableció a partir del 1° de marzo hasta el 31 de agosto de 2025, la declaratoria para las explotaciones agropecuarias afectadas por sequía. Los departamentos santafesinos alcanzados por la resolución son:
-San Javier y San Justo,
-en los Distritos Marini, Eusebia, Fidela, Colonia Bigand, Hugentobler, Eguzquiza, Aldao, Lehman, Sunchales, Colonia Bicha, Ataliva, Galisteo, Tacurales, Tacural, Raquel, Humberto I, Virginia y Maua pertenecientes al Departamento Castellanos,
-los distritos Elisa, Jacinto L. Arauz, Ituzaingó, La Pelada, Soutomayor, Providencia, María Luisa, Santo Domingo, Progreso, Hipatia y Sarmiento pertenecientes al Departamento Las Colonias.
En tanto, para Chaco, se estableció desde el 28 de marzo hasta el 24 de septiembre de 2025, para las explotaciones agrícolas, ganaderas y apícolas de todo el territorio provincial, convalidando el Decreto Provincial N° 410/2025. En este caso, la medida alcanza a todo el territorio provincial.
Certificado
Los productores santafesinos deberán presentar un certificado emitido por la autoridad provincial que confirme que sus campos se encuentran dentro de las zonas declaradas para poder acceder a los beneficios establecidos por la legislación vigente.
Además, el Ministerio de Economía instruyó a las entidades bancarias nacionales y a la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) a implementar los mecanismos necesarios para garantizar a los productores afectados el acceso a exenciones impositivas y prórrogas en el cumplimiento de obligaciones, según lo estipulado en los artículos 22 y 23 de la ley 26.509. También se delegó en la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca la posibilidad de firmar convenios para asegurar la ejecución efectiva de la resolución en coordinación con las autoridades provinciales.
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