Clausuraron a tres reconocidas empresas por arrojar residuos en el norte de la Ciudad

Se trata de las firmas Winkelmann, Dakar y Mega Pint. La primera arrojó desechos en un predio privado -ubicado en reservorio French- y las dos restantes en el valle inundable de la Laguna Setúbal. Por tal motivo, la Secretaría de Control del Gobierno de la Ciudad dispuso la clausura preventiva de locales comerciales de las tres empresas.
14 de septiembre 2016 · 18:52hs

El Gobierno de la Ciudad, a través de la Secretaría de Control, dispuso la clausura preventiva de tres empresas al constatarse que arrojaron residuos en diferentes espacios públicos y privados de la capital provincial. La disposición, resuelta este miércoles, alcanza a las firmas Winkelmann -con domicilio comercial en calle Sarmiento al 2700 y/o legal en calle Sarmiento 2800-; Dakar -cuyo local está emplazado en Rivadavia al 3100; y Mega Pint -que posee su comercio en Av. Gral. Paz. 7598. En los tres casos, inspectores constataron que vehículos de las firmas arrojaron desechos de diversa índole en predios sitos en el Norte de la ciudad que no están habilitados para tales fines.

Winkelman

De acuerdo a la resolución municipal, "inspectores dependientes de la Secretaría de Control que desempeñaban operativos de rutina en zona norte de la ciudad, constataron que en un camión de la empresa Winkelman -con domicilio comercial en calle Sarmiento al 2700 y/o legal en calle Sarmiento 2800- se encontraba arrojando materiales de construcción y revestimientos en un predio ubicado en calle Berutti al 600, espacio sito en el denominado reservorio French / Bajo Judicial que no está habilitado para tal fin. Además, se constató que Winkelman no posee habilitación comercial de conformidad a las disposiciones de la Ordenanza N° 12.056.

En este sentido, la medida de clausura preventiva quedará sujeta hasta tanto el titular de la firma acredite ante el Municipio que "cuenta con la habilitación pertinente para el ejercicio de la actividad comercial efectuando cuántos actos sean menester en relación al domicilio comercial del local; que ha efectuado la limpieza de toda la zona identificada en la presente y dispuesto de los residuos en la forma y modo que prevé la legislación -a cuyos efectos tendrá plazo de 24 horas hábiles-; que ha obtenido el permiso de la Secretaría de Desarrollo Social para depositar los residuos inertes, materiales de construcción y otros efectos derivados de la actividad que desarrolla y -en su caso y si correspondiera-, todos los registros y autorizaciones dispuestas por las ordenanzas que regulan el tratamiento, traslado y disposición de los residuos en el ejido urbano de la ciudad".

Dakar

En este caso, inspectores de la Secretaría de Control constataron que un vehículo de la firma Dakar arrojó "residuos en un predio ubicado en calle Av. Pascual Echague 9600, espacio público próximo a las compuertas denominadas French y Callejón Roca (...) Estos lugares han sido catalogados por la Ordenanza N° 12.261 -que modifica el Reglamento de Ordenamiento Urbano Ord. 11748- como Distrito Zona de Seguridad Hídrica (ZSH)".

Al realizar el operativo, además, "se constató que el vehículo no se encuentra habilitado como transportista de residuos de manejo especial, tal como lo requiriera la Ordenanza N° 11.917 y, por tanto, el transporte, arrojo, depósito o abandono de todo tipo de residuos, se le encontraba vedado, máxime en el lugar en el que el acto fuera constatado". Además, "el vehículo fue retenido al constatarse diversas infracciones en materia de tránsito, como la falta de chapa patente trasera, falta de documentación exigible, falta de guardabarros traseros, de comprobante de seguro y de revisión técnica obligatoria".

La pesquisa también permitió saber que el local comercial de la firma, emplazado en calle Rivadavia al 3100, no poseen la habilitación municipal correspondiente al rubro que se desempeña -"venta de vehículos automotores, usados, servicios inmobiliarios realizados por cuenta propia- venta de motocicletas y de sus partes, piezas y accesorios" y "playa de estacionamiento"-, violando las disposiciones de la Ordenanza N° 12.056.

Por todo esto, la Secretaría de Control dispuso la clausura preventiva de los locales de la firma Dakar hasta tanto sus titulares "obtengan la habilitación pertinente para el ejercicio de la misma y que acrediten haber depositado los residuos inertes, materiales de construcción y otros efectos derivados de la actividad que desarrollan que se encuentran en el vehículo retenido en la Planta de Disposición de Residuos Sólidos Urbanos".

Mega Pint

Inspectores dependientes de la Secretaría de Control constataron que un vehículo de la empresa Mega Pint arrojó "materiales de construcción y/o revestimientos en un predio sito en Av. P. Echagüe al 9000, zona del valle inundable de la Laguna Setúbal próximo a las compuertas denominadas French y Callejón Roca". Cabe señalar que estos lugares han sido catalogados por la Ordenanza N° 12.261 -que modifica el Reglamento de Ordenamiento Urbano, Ordenanza N° 11748- como Distrito Zona de Seguridad Hídrica (ZSH)".

En este sentido, se procedió a la clausura preventiva del local comercial ubicado en Av. Gral. Paz. 7598 hasta tanto se acredite que la firma "ha efectuado la limpieza de toda la zona afectada y dispuesto de los residuos en la forma y modo que prevé la legislación -a cuyos efectos tendrá plazo de 24 horas hábiles; que ha obtenido el permiso de la Secretaría de Desarrollo Social para depositar los residuos inertes, materiales de construcción y otros efectos derivados de la actividad que desarrolla y -en su caso y si correspondiera-, todos los registros y autorizaciones dispuestas por las ordenanzas que regulan el tratamiento, traslado y disposición de los residuos en el ejido urbano de esta Ciudad; que se ha inscripto en el Registro de Sustancias Peligrosas".

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