En la madrugada del 26 de mayo del 2016, Héctor David Gómez, condenado como el autor ideológico del robo a la sucursal del Banco Macro ocurrido en 2012 y el cual purga una pena en libertad condicional, circulaba con un WV Vento por la intersección de las calles Nieva y Bermejo, del barrio Villa El Libertador, de la ciudad de Córdoba.
Buscan que se actualicen los pedidos de capturas activos en el sistema Cóndor que utiliza la Policía
Un control policial que se encontraba apostado en el lugar le pidió que se detenga. Los efectivos le solicitaron su documentación y cotejaron, a través del sistema Cóndor, si contaba con antecedentes. El sistema fue inmediato. Sobre Gómez pesaba un pedido de captura del Juzgado de Instrucción Octava, por lo que terminó arrestado.
Los diarios, la radio y la televisión se hicieron eco de la detención y nuevamente la noticia volvió a ser que Gómez estaba otra vez detenido. Un día después, tanto su abogado, Claudio Torres Del Sel, como el mismo juez que dictó la sentencia por el atraco al banco, Cristian Fiz, no tardaron en aclarar la situación.
Gómez había sido detenido por error. Es que aquel pedido de captura, que cotejó la policía cordobesa, todavía seguía activo y nunca había sido dado de baja en el Juzgado de Instrucción donde se tramitó inicialmente la causa del robo. Por tal situación, el 27 de mayo, un día después de su detención, Gómez fue liberado y continuó purgando su condena en estado de libertad, tal como se había definido en la sentencia dictada por el juez Fiz.
Lo mismo que le sucedió a Gómez, le pasó -y le pasa- a cientos de personas. Hayan sido condenadas o sobreseídas, en muchos casos los pedidos de capturas, por las cuales la Justicia provincial requirió su detención, continúan activos. Fue por esa razón que el titular del Servicio Público Provincial de la Defensa Penal, Leandro Miró, presentó en los tribunales de Santa Fe un hábeas corpus que busca regular esa problemática.
El mismo se encuentra siendo analizado en la Cámara de la Apelaciones, luego de una audiencia celebrada, el pasado 10 de octubre, ante un tribunal de alzada conformado por los camaristas Marta Feijoó, Sebastián Creus y Alejandro Tizón. Por el momento se encuentra sin resolución.
El recurso interpuesto por Miró pretende que se actualice el sistema Cóndor con el "objeto de que cesen las privaciones de libertad arbitrarias e injustificadas y sin orden de autoridad competente fundadas en pedidos de captura no vigentes".
La medida fue motivada en que todavía no fueron desactivados aquellos pedidos de capturas y ante ello se generan privaciones de la libertad infundadas y por lo tanto ilegítimas por parte del personal policial de Santa Fe y de otras fuerzas federales, como Prefectura y Gendarmería.
En este aspecto, desde la Defensoría Regional consideraron que "no es pertinente hacer responsables a las personas que padecen dichas privaciones, por la omisión de los Tribunales correspondientes de no dar de baja los pedidos de captura en cuestión. No puede perderse de vista la condición de vulnerables de los mismos por carecer de recursos económicos".
Para evidenciar ello, el hábeas corpus sostiene, a través de un informe testigo, que durante el período comprendido entre el 18 de junio y el 18 de julio de este año fueron detenidas unas 27 personas por medio del sistema Cóndor pero dichos pedidos de capturas se encontraban no vigentes.
En consecuencia, la medida que espera resolución de Cámara, pretende que se den de baja aquellos requerimientos dictados tantos en los viejos juzgados de Instrucción, como así también en los Correccionales y de Sentencia, todos del Sistema Residual de Causas concluido el 10 de febrero del 2014.
Si bien el hábeas corpus interpuesto no lo expresa, la medida también apunta a efectivizar el trabajo policial ya que cancelando los pedidos de capturas no vigentes, la misma fuerza -sea provincial o federal- no destinaría recursos a procedimientos que terminan sin asidero.