El Gobierno Nacional reglamentó este lunes la reforma al Impuesto a las Ganancias establecido en la Ley Medidas Paliativas y Relevantes. Los trabajadores que ganen sueldos brutos de $1,8 millones en el caso de los solteros y de $2,2 millones en el caso de los casados, comenzarán a pagar ese tributo con los sueldos que percibirán en agosto.
Se reglamentó con el DNU 652 el Impuesto a las Ganancias y se empieza a pagar con los sueldos de julio
Los trabajadores solteros que ganen más de $1,8 millones y de $2,2 millones en el caso de los casados, comenzarán a tributar ganancias desde este mes.

Unos 800.000 empleados, que hasta ahora estaban exentos, comenzarán a pagar el Impuesto a las Ganancias
A través del decreto 652, el Poder Ejecutivo oficializó los cambios en el Impuesto a las Ganancias para que se pueda aplicar desde este mes. Se estima que unos 800.000 empleados, que hasta ahora estaban exentos, comenzarán a pagar ganancias.
Antes de la modificación, el Impuesto a las Ganancias estaba destinado a quienes poseían ingresos por encima de los 15 sueldos mínimos, que en julio se iban a ubicar en los $3,5 millones.
La resolución fue firmada por el presidente Javier Milei, el jefe de Gabinete, Guillermo Francos y el ministro de Economía, Luis Caputo.
Reposición de la cuarta categoría
La reposición de la cuarta categoría representa un 0,4 del Producto Bruto Interno, lo que le permitirá al Gobierno mantener el déficit fiscal y a los gobernadores recibir más fondos, que habían perdido cuando en el 2023 se aprobaron los cambios en Ganancias, a instancias del entonces candidato a presidente de Unión por la Patria, Sergio Massa.
Los pagos que reciban los trabajadores como horas extras, aguinaldo, viáticos de larga distancia y zona patagónica serán incluidos en el cálculo del impuesto.
Los trabajadores que cobren 1,8 millón de pesos en el caso de los solteros ($1,5 millón) comenzarán a pagar una alícuota del 5% sobre el excedente que representa $3.000 y que se eleva a $100.000 en el caso de aquellos que cobran $2,5 millones.
La alícuota del 35% la pagarán aquellos que perciban salarios brutos de $4,9 millones.
En el caso de los casados pagarán el tributo los que ganen más de $2,2 millones brutos ($1,9 millones) con alícuotas progresivas que van desde el 5% hasta llegar al 35% en el caso de los cobren $5,5 millones.
Mínimo no imponible
La actualización del mínimo no imponible se hará este año en septiembre y a partir del 2025 en enero y julio de cada año y se calculará en base al índice de precios al consumidor que difunda el Indec.
En ese sentido, el decreto fija que "el artículo 74 de la Ley N° 27.743 instituye un ajuste excepcional en el mes de septiembre del corriente año por el coeficiente que surja de la variación del índice señalado en el considerando precedente, correspondiente a los meses de junio a agosto de 2024, inclusive".
En el caso de la actualización que se aplicará en enero del 2025 se realizará tomando en consideración el coeficiente que surja de la variación del indicado índice, correspondiente a los meses de septiembre a diciembre de 2024, inclusive.
LEER MÁS: Las siete claves de los cambios en el impuesto a las Ganancias tras la sanción del Paquete Fiscal