El primero de los productos es elaborado en la localidad de San Jerónimo Norte, departamento Las Colonias; en tanto que el restante, en la ruta provincial 1, Km 3,5 Colastiné Norte, departamento La Capital, ambos de la provincia de Santa Fe.
La Assal prohibió la miel “El Aguijon.com” y el azúcar negra de fantasía “Sabor 10”
Así lo indicó el director provincial de la Assal, Raúl Samitier, al consignar que la miel El Aguijon.com “no cumple con la legislación alimentaria vigente ya que en sus rótulos no se indica el Registro Nacional de Establecimiento (RNE), careciendo de otra información que es obligatoria expresar en el mismo”. Asimismo, explicó que para el caso de la azúcar negra de fantasía marca: Sabor 10 “el RPRN y el RPP indicados en el rótulo (ver foto 3) son inexistentes”.
“Ambos alimentos están en infracción respecto a lo establecido en el Código Alimentario Argentino, ley N° 18.284, ya que en los rótulos de los productos alimenticios es obligatorio indicar el RNE puesto que la falta del mismo no permite la trazabilidad y seguridad del alimento mencionado”, apuntó el funcionario.
Asimismo, Samitier dijo que “la decisión adoptada tiene por fin prevenir riesgos mayores que puedan afectar la salud de la población, y garantizar que los rótulos de los productos alimenticios cuenten con toda la información obligatoria y que la misma sea cierta y correcta a fin de brindar herramientas a los consumidores de alimentos”.















