El Gobierno nacional modificó a través de un decreto publicado este lunes en el Boletín Oficial los topes que regían para la percepción de asignaciones familiares. Ahora, el límite de ingresos a nivel individual se redujo de $1.980.000 a $1.077.403, mientras que el tope máximo familiar pasó de $3.960.000 a $2.154.806.
Asignaciones familiares: reducen los topes de ingreso para percibir este beneficio

Quienes superen los nuevos topes de ingresos ya no cobrarán asignaciones familiares como la ayuda escolar anual, prenatal, e
"La presente medida tiene por objeto implementar una equitativa distribución de los recursos sobre la base del principio cardinal de solidaridad social en atención al uso racional, eficaz y eficiente de los recursos públicos", señalaron los considerandos de la norma.
El DNU establece que “el nuevo límite de ingresos del grupo familiar que determina el cobro de las Asignaciones Familiares se calculó al aplicar la movilidad correspondiente al mes de diciembre de 2023 y la establecida para el mes de marzo de 2024 sobre el valor correspondiente al mes de septiembre de 2023”.
Se trata del Decreto 194/2024, que lleva las firmas del presidente Javier Milei; del jefe de Gabinete, Nicolás Posse; y de los ministros Guillermo Francos, Diana Mondino, Luis Petri, Luis Caputo, Mariano Cúneo Libarona, Patricia Bullrich, Mario Antonio Russo y Sandra Pettovello.
Según se detalla en el documento, el Ejecutivo tomó esta decisión teniendo en cuenta que "la República Argentina se encuentra atravesando una situación de inédita gravedad, generadora de profundos desequilibrios que impactan negativamente en toda la población, en especial en lo social y económico".
Con esta medida, quienes cobren de forma individual más de $1.077.403 o sumen más de $2.154.806 como grupo familiar ya no cobrarán asignaciones como el salario familiar por hijo, prenatal y ayuda escolar anual, entre otros.
Quiénes pueden recibir una asignación familiar
- Trabajadores en Relación de Dependencia, por la zona geográfica de explotación declarada por el empleador ante Afip.
- Titulares de la prestación de una Aseguradora de Riesgos del Trabajo que no se encuentren bajo relación de dependencia, por su domicilio de residencia.
- Titulares Jubilados y Pensionados del Sistema Integrado Previsional Argentino y Titulares de la Pensión Honorífica de Veteranos de Guerra del Atlántico Sur, por su domicilio de residencia y agente pagador.
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