La Constitución Nacional en su artículo 37 predica que el sufragio es universal, secreto y obligatorio por lo que no votar se considera una falta electoral y es pasible de sanciones y/o multas.
Elecciones: conocé qué pasa si no vas a votar
Aquellos electores que habiendo infringido la obligación de votar y no regularizaran su situación pagando la multa correspondiente, se verán sancionados no pudiendo realizar gestiones o trámites ante los organismos estatales nacionales, provinciales, o municipales durante un año.
Valores de las multas por no votar en las Elecciones de 2015, ya que el de 2017 aún no está pautado:
En caso de no haber emitido voto en solo un acto electoral (primarias o generales) el valor de la multa será de $50Si el elector se ausenta tanto en las Paso como en las generales de octubre deberá abonar una multa por $100, que se acumularán a los $50 correspondientes a la primera infracción, es decir que abonará un total de $ 150 en concepto de multas .
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¿Cuál es el destino de la multa?
El monto de las multas integra el Fondo Partidario Permanente que está a cargo del Ministerio del Interior. ¿Cómo se pagan las multas ? En primera instancia el elector debe constatar que se encuentra presente en el Registro de Infractores.Una vez realizada la consulta , el sistema le permitirá acceder a la impresión de un comprobante para que pueda realizar el pago de la multa correspondiente.
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La multa podrá ser pagada en cualquier sucursal del Banco de la Nación Argentina "y en las demás entidades que se habiliten para el cobro". Instrucciones para el pago de multas por no votar: Pago por Banco NaciónHacer clic sobre el botón Por Banco NaciónSe abrirá una ventana donde se generará y visualizará la boleta de pago que Ud. deberá imprimirUna vez impresa la boleta, concurrir a una sucursal del Banco Nación y abonar allí presentándose en las ventanillas correspondientes.Concretado el pago, no deberá hacer ninguna otra gestión ya que el Banco Nación comunicará a la Justicia Nacional Electoral. Esta novedad puede demorar 48 hs. aprox. en ser reflejada en el Sistema de Consulta del Registro de Infractores (http://infractores.padron.gov.ar) . Por lo cual solicitamos aguarde mínimamente este tiempo para volver a consultar su estado en este registro.Solicitamos conserve el comprobante de pago para el caso de presentarse alguna discrepancia en los registros de pago.