La Administración Federal de Ingresos Públicos (Afip) extendió el plazo para efectuar las presentaciones de las declaraciones juradas y de corresponder, realizar el ingreso de los saldos de los impuestos a las Ganancias, Bienes Personales y Cedular para personas humanas y sucesiones indivisas correspondientes al período fiscal 2021.
Afip extendió el plazo para las declaraciones juradas
La prórroga –dispuesta en la Resolución General Nº 5.192/2022, que se publicará este viernes en el Boletín Oficial– traslada los vencimientos de las obligaciones para fines de junio con el objetivo de facilitar las tareas de cumplimiento, informó este martes el organismo tributario.
Los nuevos plazos para las presentaciones de los impuestos a las Ganancias, Bienes Personales y Cedular del período fiscal 2021 son los siguientes: en los CUIT terminados en 0, 1, 2 y 3 la fecha de presentación será el 23/6; en los DNI finalizados en 4, 5 y 6, el 24/6; y los concluidos en 7, 8 y 9, el 27/6.
En todos los casos la fecha de pago será la del día hábil siguiente del vencimiento de la declaración jurada, precisó la Afip.
La Administración Federal de Ingresos Públicos (Afip) extendió el plazo para efectuar las presentaciones de las declaraciones juradas y, de corresponder, realizar el ingreso de los saldos de los impuestos a las Ganancias, Bienes Personales y Cedular para personas humanas y sucesiones indivisas correspondientes al período fiscal 2021. El organismo adoptó la decisión de dar más tiempo con la intención de facilitar el cumplimiento de las obligaciones tributaria.
La Resolución General Nº 5.192/2022 se publicará este viernes en el Boletín Oficial. La postergación del plazo, adelantada a los profesionales en ciencias económicas días atrás desde la Afip, busca posibilitar que los contribuyentes cuenten con más tiempo para confeccionar las declaraciones juradas y efectuar los pagos correspondientes.
Los nuevos plazos que define la normativa para las presentaciones y pagos correspondientes de los impuestos a las Ganancias, Bienes Personales y Cedular del período fiscal 2021 son los siguientes: