En estas elecciones 2023 los ciudadanos elegirán al próximo Presidente de la Nación. Sin embargo, muchos argentinos se preguntan si es obligatorio ir a votar este domingo. Conocé qué dice la ley y cuáles son las multas en el caso de no concurrir.
¿Es obligatorio ir a votar en las elecciones 2023?
¿Es obligatorio ir a votar en las Elecciones 2023?
Sí, en Argentina el voto es obligatorio para las personas mayores de 18 años y opcional para aquellos que tienen entre 16 y 18, o más de 70 años. En el caso de que la persona no pueda justificar su ausencia ante la Justicia Nacional Electoral, le corresponde una multa económica y se la incorporará en el Registro de Infractores al deber de votar.
Además, no podrá ser designada o designado para desempeñar funciones o empleos públicos durante tres años a partir de la elección. Quien no pague la multa tampoco podrá realizar gestiones o trámites ante los organismos estatales nacionales, provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires durante un año.
¿En qué casos una persona está exceptuada de ir a votar?
- Si el día de los comicios se encuentra a más de 500 kilómetros de distancia del lugar donde tiene que votar y lo justifica ante la autoridad policial más próxima que esa situación obedece a motivos razonables.
- Si está enfermo o imposibilitado de asistir al establecimiento de votación por razones de fuerza mayor suficientemente comprobadas y justificadas ante médicos del servicio de sanidad nacional.
- Si es parte de un organismo o empresa de servicios públicos y por razones relacionadas al cumplimiento de funciones estás impedido de asistir a votar.
- Si es juez o auxiliar y por disposición del Código Electoral Nacional debe asistir a su oficina y mantenerla abierta durante los comicios.
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¿Qué debo hacer si no pude ir a votar?
Si tenés entre 18 y 70 años y no asististe a votar el día de la elección, para no formar parte del Registro de Infractores, debés justificar tu ausencia ante la Secretaría Electoral del Juzgado Federal del distrito que corresponda, dentro de los 60 días posteriores a las elecciones.
Si no lo justificás, te corresponde una multa y no podrás ser designado para desempeñar funciones o empleos públicos durante tres años a partir de la elección.














