Durante la última semana, las cinco comisiones temáticas de la Convención Reformadora de la Constitución de Santa Fe concluyeron una etapa central: la presentación de 105 dictámenes, que condensan el intenso debate de los convencionales.
Uno por uno, los dictámenes que revisa la Comisión Redactora para que la nueva Constitución de Santa Fe no deje dudas
Las cinco comisiones temáticas de la Convención Reformadora presentaron 105 dictámenes, de los cuales 36 son de mayoría. Desde este lunes, la Comisión Redactora trabajará en la unificación y corrección de los textos que serán votados en septiembre.

Treinta y seis de ellos corresponden a dictámenes de mayoría, mientras que el resto fueron elaborados por las distintas fuerzas políticas y bloques de constituyentes.
Con 105 dictámenes en una semana empieza a escribirse la nueva Carta Magna de Santa Fe
El proceso estuvo atravesado por un amplio trabajo. Cada comisión convocó a especialistas en las temáticas tratadas y llevó adelante audiencias públicas en distintos puntos de la provincia, lo que permitió incorporar las voces de instituciones y de la ciudadanía.
Para acceder a los dictamenes de cada una de las comisiones
Con este paso, ahora todo el material será analizado por la Comisión Redactora, que desde este lunes comenzará a trabajar en la unificación de los textos, la corrección de errores y la resolución de contradicciones, con el objetivo de que el articulado final que llegue al plenario sea lo más claro y preciso posible.
En esta instancia se sumará como invitada una lingüista de la Universidad Nacional del Litoral, cuyo aporte busca garantizar la corrección y claridad del lenguaje jurídico. Sin embargo, la decisión despertó críticas entre algunos convencionales de la oposicion.
El calendario avanza: la Convención tiene previsto votar la nueva Carta Magna santafesina el 10 de septiembre
Articulos a reformar
En total, serán 42 los artículos habilitados para reformar, según lo estableció la ley sancionada por la Legislatura el 6 de diciembre de 2024.
Entre los temas centrales que estarán en discusión se destacan la reelección de autoridades, el voto joven, la implementación de la “ficha limpia”, la autonomía municipal, la eliminación de fueros y la reforma del funcionamiento de la Corte Suprema.
La Convención se instalará en la ciudad de Santa Fe cuando así lo disponga el Poder Ejecutivo, dentro del plazo de un año desde la elección. Una vez iniciada, tendrá 40 días corridos para sesionar, con posibilidad de una prórroga de 20 días, si así lo aprueba la mayoría absoluta de los convencionales.
Uno por uno, los 42 artículos de la Constitución Provincial que podrán ser modificados:
Principios, derechos y garantías (13 artículos)
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Artículo 2: Se incorpora la mención expresa a los instrumentos internacionales con jerarquía constitucional, reforzando la protección de derechos fundamentales.
Artículo 3: Se eliminará la confesionalidad del Estado, promoviendo una relación de colaboración con todos los cultos.
Artículo 5: Introduce principios tributarios como progresividad, equidad y responsabilidad fiscal.
Artículo 9: Se adecuará al estándar nacional sobre hábeas corpus, y se incorporará el juicio por jurados y los derechos de las víctimas.
Artículo 11: Amplía el derecho a la libertad de expresión e incluye la protección de datos personales y el acceso a la información pública.
Artículo 13: Revisión del derecho de reunión pacífica, conforme a los tratados internacionales.
Artículo 17: Modernización de la acción de amparo y hábeas data, y reconocimiento de derechos colectivos.
Artículo 18: Marco de responsabilidad del Estado ante posibles daños.
Artículo 19: Refuerza la garantía del derecho a la salud, tanto individual como social.
Artículo 20: Reconoce al trabajador como sujeto de tutela constitucional preferente y destaca los derechos colectivos.
Artículo 21: Asegura un régimen previsional público, solidario e intransferible.
Artículo 22: Amplía el derecho a la cultura y la protección del patrimonio.
Régimen electoral (2 artículos)
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Artículo 29: Habilita el voto desde los 16 años en elecciones locales, y establece nuevas condiciones para ser elector y candidato.
Artículo 30: Incorporación de la cláusula de “ficha limpia”, que impedirá candidaturas de personas con condenas penales.
Poder Legislativo (13 artículos)
Cámara de Diputados
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Art. 32: Composición de 50 miembros con paridad de género y elección por distrito único.
Art. 33 y 34: Revisión de edad mínima y reelección de diputados.
Cámara de Senadores
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Art. 37 y 38: Igual revisión para senadores.
Disposiciones comunes
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Art. 40: Ampliación del período ordinario de sesiones.
Art. 51: Eliminación de fueros de proceso, manteniendo inmunidad de arresto y expresión.
Art. 54 inc. 5: Alcance del silencio legislativo.
Art. 55 y 56: Nuevas facultades legislativas e incorporación de la iniciativa popular.
Art. 58 y 61: Revisión de los procedimientos y plazos de sanción de leyes.
Poder Ejecutivo (3 artículos)
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Art. 64: Debate clave: ¿habrá reelección inmediata para gobernador y vice?
Art. 72: Revisión de atribuciones del Ejecutivo.
Art. 73: Se establecerá un ministerio de articulación inter-poderes, con designación con acuerdo legislativo.
Poder Judicial (6 artículos)
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Art. 84: La Corte Suprema podría ampliarse a siete miembros con paridad de género.
Art. 86: Cambios en la designación de jueces y creación del Consejo de la Magistratura.
Art. 88: Límite etario de 75 años para jueces, salvo nueva designación por 5 años.
Art. 91 y 93: Reformas al sistema de remoción de jueces y competencia de la Corte en conflictos de poderes.
Juicio político (1 artículo)
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Art. 98: Se amplía el listado de funcionarios sujetos a juicio político: incluirá vicegobernador, Procurador y Defensor del Pueblo.
Régimen municipal (2 artículos)
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Art. 106: Todas las poblaciones deberán organizarse como municipios, con categorías diferenciadas.
Art. 107: Autonomía municipal plena en los planos político, administrativo, financiero e institucional.
También se establece que:
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Los mandatos locales coincidirán con los provinciales.
Las elecciones serán simultáneas.
En ciudades de más de 20.000 habitantes, los concejos se renovarán por mitades.
Se promoverán regiones y áreas metropolitanas.
Se garantizará coparticipación municipal y traspaso de recursos con competencias.
Educación (5 artículos)
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Art. 109 al 113: Reafirma el derecho a la educación con nuevas garantías:
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Secundaria obligatoria
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Vinculación educación-trabajo
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Acceso a conectividad y alfabetización digital
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Incorporación de la educación ambiental
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