La Cámara de Diputados de Santa Fe aprobó el proyecto de ley que propone un mayor control sobre los cuidacoches y trapitos, además de la creación de dos jueces de primera instancia para intervenir en este tipo de causas. Ahora, la iniciativa deberá volver al Senado provincial, luego de que la Cámara baja introdujera modificaciones al texto original.
Avanza la ley contra cuidacoches en Santa Fe: Diputados aprobó cambios y el proyecto vuelve al Senado
La Cámara baja le dio media sanción a la normativa con modificaciones clave, otorgando el control a los municipios y sumando un abordaje social tras los reclamos de la Iglesia
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Evangelistas a favor de prohibir los trapitos
El proyecto obtuvo 25 votos afirmativos, 17 negativos y una abstención en Diputados.
La norma modifica el Código de Convivencia de Santa Fe e incorpora nuevas contravenciones para quienes exijan pagos por el estacionamiento, cuidado o lavado de vehículos en lugares donde esa actividad esté prohibida.
Además, establece la adhesión de los municipios y comunas como requisito para su aplicación, contempla la realización de tareas comunitarias, penas de arresto y una alternativa de reinserción laboral para las personas que desarrollan esta actividad.
El proyecto también impulsa la creación de un nuevo cargo de juez de primera instancia en Rosario y otro en Santa Fe, que se incorporarán a los Colegios de Jueces Penales.
La iniciativa ya contaba con media sanción del Senado, aunque con la prohibición total de la actividad de los trapitos. Las modificaciones introducidas en Diputados obligan a que el expediente regrese a la Cámara alta, que podrá convertirlo en ley, introducir nuevos cambios o rechazarlo.
Penas, multas y abordaje social
La nueva redacción incorpora el artículo 66 bis al Código de Convivencia provincial. Allí se establece una pena de prohibición de concurrencia de hasta 60 días para quienes exijan retribuciones económicas de manera intimidatoria por el cuidado o lavado de vehículos.
La sanción podrá elevarse de 60 a 120 días cuando la actividad se desarrolle en zonas de estacionamiento medido o en las inmediaciones de eventos masivos. El texto también prevé que la pena pueda ser reemplazada por trabajos comunitarios.
Asimismo, se crea una figura específica para quienes organicen o coordinen estas actividades ilegales. En esos casos, se prevé una sanción de hasta 10 días de arresto, además de una restricción de acercamiento al lugar por un plazo de hasta 240 días.
Como complemento de las sanciones, la ley obliga al Gobierno de Santa Fe y a los municipios adheridos a implementar programas de inclusión social y laboral. Estos deberán ofrecer capacitación en oficios, intermediación laboral y asistencia vinculada a salud mental y consumos problemáticos.













