El gobierno de la provincia de Santa Fe dispuso, a través del decreto Nº 1640, un cronograma progresivo de vuelta de la actividad turística en el territorio santafesino.
La provincia de Santa Fe autorizó la vuelta progresiva del turismo en el territorio
A partir del 5 de diciembre, se autoriza el turismo interno de residentes de la provincia de Santa Fe, para los propietarios de inmuebles o complejos turísticos, aunque no sean residentes, para concurrir y alojarse en los que son de su propiedad; y el turismo receptivo de personas residentes en otras provincias, cuyo destino se encuentre en los departamentos Caseros, Constitución, General López, Rosario y San Lorenzo.
En tanto, a partir del 21 de diciembre se habilita el turismo receptivo de personas residentes en otras provincias, en el resto del territorio provincial.
La autorización esta sujeta al cumplimiento de los protocolos de las distintas actividades: de alojamientos, cabañas, campings, playas y balnearios, guías de pesca y embarcados y turismo aventura; ocupación de hasta un 50% de las plazas disponibles; y seguimiento de las recomendaciones e instrucciones de la autoridad sanitaria.
En tanto, que las personas que quieran participar de las actividades turísticas en la provincia deberán registrarse en la aplicación móvil COVID-19 provincia de Santa Fe, y completar con carácter de declaración jurada los datos que se requieren en la misma; obtener el certificado de circulación disponible en www.argentina.gob.ar/verano; y acreditar la reserva de un servicio o alojamiento turístico autorizado.
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En el caso de viajar con menores de edad, el adulto responsable deberá consignar en la aplicación los datos de ambos, en el campo asignado al efecto en la aplicación santafesina.
Las autoridades provinciales y locales coordinarán los procedimientos de fiscalización para garantizar el cumplimiento de las medidas de distanciamiento social, preventivo y obligatorio y los protocolos vigentes.
Si las autoridades locales detectaren un signo de alerta epidemiológico o sanitario, deberán comunicarlo de inmediato a la autoridad sanitaria provincial; que podrá recomendar al Poder Ejecutivo la suspensión total o parcial con carácter preventivo, cuando la evolución de la situación lo aconseje.