El Ministerio de Desarrollo Territorial y Hábitat, que conduce Santiago Maggiotti, anunció que desde las 10 de este lunes 2 de enero 2023 quedó abierta una nueva inscripción para acceder a 635 viviendas de 37 Desarrollos Urbanísticos Procrear II, que se encuentran ubicados en 17 provincias del país.
Procrear II: abrieron las inscripciones para las viviendas del Parque Federal
Procrear II
De esta forma, quedó disponible en la página web del Ministerio el formulario para que puedan anotarse aquellos interesados en acceder a una unidad funcional en los siguientes predios:
-Bahía Blanca, Carmen de Patagones, Ciudad Evita, Haedo, Ituzaingó, Lincoln, Merlo, Morón, San Antonio de Areco, San Martín, San Miguel y San Nicolás (Buenos Aires);
-Estación Buenos Aires y Estación Sáenz (Capital Federal);
-Puerto Madryn (Chubut);
-Barrio Liceo, Cavanagh y San Francisco (Córdoba);
-Corrientes (Corrientes);
-Paraná (Entre Ríos);
-Jujuy (Jujuy);
-Maipú, Malargüe, Mendoza y San Rafael (Mendoza);
-Posadas (Misiones);
-Zapala (Neuquén);
-Viedma (Río Negro);
-Tartagal (Salta);
-San Luis (San Luis);
-Río Gallegos (Santa Cruz);
-Estación Cambios (Parque Federal), Rafaela, y Sunchales (Santa Fe);
-Santiago del Estero y La Banda (Santiago del Estero)
-Río Grande (Tierra del Fuego).
Los Desarrollos Urbanísticos Procrear II ofrecen soluciones habitacionales que atienden a las necesidades de cada territorio, y permiten a las familias argentinas el acceso a un crédito hipotecario para la compra de viviendas nuevas, en uno de los complejos habitacionales construidos por el Estado Nacional. Además, cuentan con excelentes vías de acceso, cercanía a centros educativos, recreativos y de salud, así como una completa infraestructura de servicios públicos y espacios verdes. Ya se pueden consultar los requisitos generales y las bases y condiciones completas en https://www.argentina.gob.ar/habitat/procrear/desarrollosurbanisticos.
¿Quiénes pueden inscribirse?
Quienes tengan domicilio actual en el departamento La Capital. Al momento de completar el código postal en el formulario de inscripción, se indicará si el predio Procrear corresponde a dicho domicilio.
Cuales son los requisitos para Procrear II
- No haber sido beneficiado/a con planes de vivienda en los últimos diez (10) años.
- No tener, tanto el titular, como el cotitular, bienes inmuebles registrados a su nombre, ni como propietarios ni como co-propietarios, a la hora de comenzar el proceso de inscripción, salvo los casos detallados en las Bases y Condiciones.
- Tener el Documento Nacional de Identidad vigente (DNI o Libreta de Enrolamiento o Libreta Cívica) de todos los integrantes de la solicitud al momento de iniciar el trámite.
- Ser argentinos o extranjeros con residencia permanente en el país.
- Tener entre 18 y 64 años al momento de completar la inscripción.
- Acreditar el estado civil declarado en el formulario de inscripción, excepto el estado civil soltero.
- Presentar Certificado de Discapacidad en caso de corresponder.
- Comprobar los ingresos netos mensuales del grupo familiar conviviente –tanto el solicitante como su cónyuge o pareja conviviente– entre 1 SMVyM y 10 SMVyM.
- Los ingresos mínimos necesarios para acceder a una determinada vivienda podrán variar según el predio y la tipología seleccionada. En base a la información declarada en el formulario, se indicará si existen o no tipologías disponibles.
- Demostrar, como mínimo, doce (12) meses de continuidad laboral registrada.
- No registrar antecedentes negativos en el Sistema Financiero durante los últimos nueve (9) meses por falta de pago de obligaciones de todo tipo.
- No encontrarse inhabilitados por el BCRA o por Orden Judicial; no registrar juicios según informe de antecedentes comerciales en los últimos cinco (5) años
- No tener embargos
- No registrar peticiones o declaraciones de concurso o quiebra.
- Los participantes, a la hora de completar el formulario de inscripción, podrán incluir solo un cotitular. Para el caso de los participantes de estado civil casado, el cónyuge, será considerado cotitular automáticamente.
- El titular y el cotitular deberán encontrarse unidos por alguno de los vínculos que se detallan a continuación, los cuales deberán encontrarse registrados: Matrimonio - Unión convivencial - Unión de hecho, siempre que coincidan los domicilios declarados por el titular y cotitular.
- Todas las notificaciones serán realizadas a la dirección de correo electrónico declarada por el participante en el formulario de inscripción.














