A partir de Decreto 2871 firmado por el gobernador Antonio Bonfatti, la provincia reglamentó la Ley N° 13334, norma que declara por el término de cinco años la emergencia en materia de propiedad y posesión de las tierras ocupadas por los pequeños productores, familias de trabajadores rurales o campesinos que acrediten una ocupación efectiva, ininterrumpida y continuada, pública y pacífica, del predio rural por un término superior a diez años.
Se reglamentó la Ley que declara la emergencia en materia de propiedad
Además, la Ley suspende, por el plazo de la emergencia declarada, “la ejecución de sentencias, actos procesales o resoluciones administrativas, o de cualquier índole, cuyo objeto sea el desalojo o desocupación inmediata de tierras contempladas en el artículo 1”.
Dicha norma, establece como Autoridad de Aplicación al Ministerio de la Producción, cartera que establecerá convenios con las reparticiones provinciales y nacionales competentes en agricultura familiar y desarrollo rural.
Programa de Regulación Dominial
Asimismo, la Ley crea el Programa de Regularización Dominial, “con el objeto de obtener un registro real de dominio y un relevamiento de la situación posesoria de los inmuebles rurales ubicados en territorio provincial”.
Los beneficiarios de este Programa serán los pequeños productores, familias de trabajadores rurales o campesinos que se hallaren en las situaciones previstas en los artículos 3999 o 4015 del Código Civil durante el plazo de la emergencia declarada.
Entre las funciones que tendrá el Programa, se destaca: realizar todos los actos y trámites que resulten necesarios y conducentes para articular los conflictos por tenencia precaria de la tierra; determinar los inmuebles rurales en situación de irregularidad o conflicto dominial y la búsqueda de antecedentes que resulten necesarios para solucionarlos; prestar asesoramiento legal para los pequeños productores, trabajadores rurales o campesinos que tengan problemas con su situación dominial; promover iniciativas de saneamiento de títulos de dominio sobre inmuebles rurales; articular con las municipalidades y comunas las estrategias conducentes a la detección, asesoramiento e intervención de casos sobre tenencia precaria de tierras rurales que presenten conflictos legales; coordinar las relaciones con las áreas gubernamentales comprometidas con la temática en cuestión y con los Juzgados Comunales; generar propuestas legislativas y ejecutivas conducentes al ordenamiento catastral y territorial; las que deriven en cumplimiento de Ley.
En el marco de este Programa, se creará el Registro Personal de Poseedores, en el que se inscribirán las personas que invoquen y acrediten la posesión de inmuebles rurales en conflicto de tenencia que reúnan los requisitos necesarios.
La Autoridad de Aplicación articulará la implementación del Registro con el Servicio de Catastro e Información Territorial dependiente del Ministerio de Economía y Finanzas.
Trabajo articulado para identificar asentamientos informales
Finalmente, la norma establece que la Autoridad de Aplicación y la Dirección de Vivienda y Urbanismo dependiente del Ministerio de Obras Públicas y Vivienda de la provincia, en virtud del programa de saneamiento, alojamiento, regularización de tenencia y propiedad del suelo, promoverán la firma de convenios de colaboración interinstitucional con las municipalidades y comunas de la Provincia, en los cuales se comprometan a identificar los inmuebles rurales en los que existan asentamientos informales, e individualizar los grupos familiares de escasos recursos que estén ocupando los predios, y que posibiliten una progresiva regularización de la tierra en beneficio de hogares asentados en su jurisdicción. Acciones para las cuales se invitará a adhieran los municipios y comunas del territorio.














