¿Censura o modernización? La reforma del Código Penal en la mira por el riesgo a la libertad de expresión

Juristas y entidades periodísticas alertan que el nuevo proyecto de reforma del Código Penal podría reactivar la persecución penal por injurias y calumnias

15 de diciembre 2025 · 11:13hs

El debate por la reforma integral del Código Penal argentino trasciende la discusión sobre el endurecimiento de penas y baja de la edad de imputabilidad. En el ámbito parlamentario, un punto específico encendió las alarmas en el periodismo y en las organizaciones de derechos humanos: la posible modificación de los delitos de injurias y calumnias.

La Ley 26.551, vigente desde 2009, había avanzado en la despenalización de estos delitos, especialmente cuando se trata de críticas a funcionarios y asuntos de interés público. Sin embargo, los críticos señalan que la redacción del nuevo proyecto podría poner en jaque esa tutela, abriendo la puerta a que la vía penal sea utilizada nuevamente como una herramienta de intimidación contra la prensa investigativa y los ciudadanos que se expresan en redes sociales. El temor es claro: la autocensura como efecto directo, afectando el rol de la prensa como control sobre los asuntos de gobierno.

Reforma del Código Penal

El proyecto de reforma, impulsado por el Poder Ejecutivo Nacional (PEN), fue enviado al Congreso de la Nación, donde está siendo analizado en el ámbito parlamentario (fuentes hablan de presentaciones recientes en el Senado y de proyectos alternativos en Diputados).

Enfoque general del proyecto según el PEN

  • Endurecer condenas para combatir la delincuencia (incremento de penas, prisión efectiva, baja en la edad de imputabilidad, imprescriptibilidad en ciertos casos).
  • Actualizar el texto con nuevas figuras delictivas, incluyendo delitos informáticos y el ecocidio.

Puntos críticos en la relación con la libertad de expresión

La preocupación de las entidades periodísticas y organizaciones de derechos humanos se centra en dos áreas principales dentro del proyecto de reforma: la modificación de los delitos contra el honor y el posible impacto en el derecho a la protesta.

1. Delitos contra el honor (injurias y calumnias)

Este es el punto más sensible para la prensa. La ley vigente desde 2009 (Ley 26.551) ya había despenalizado en gran medida estos delitos al establecer que "en ningún caso configurarán delito" las expresiones referidas a asuntos de interés público o las que no sean asertivas (juicios de valor).

Entidades como la Asociación de Entidades Periodísticas Argentinas (Adepa) y sindicatos de prensa lanzaron advertencias públicas. El temor es que el proyecto de reforma no incorpore con suficiente claridad la doctrina de la "real malicia" de la Corte Suprema y la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

La principal crítica apunta a cómo el proyecto podría modificar la tipificación y las penas de los delitos de injurias (deshonra o descrédito) y calumnias (falsa imputación de un delito) cuando se cometen a través de medios de comunicación o redes sociales.

Revierta o limite la despenalización alcanzada, lo que podría llevar a que funcionarios públicos utilicen la vía penal (denuncias) para intimidar a periodistas que investigan asuntos de corrupción o manejos irregulares.

El presidente de Adepa señaló: "Ponerla en riesgo podría afectar a todos los ciudadanos, no solo a los periodistas. A quienes opinan en redes, a quienes critican decisiones públicas".

Sanción a la investigación del periodismo

Algunas interpretaciones sugieren que ciertas redacciones del proyecto podrían penalizar a quien difunde información sobre un delito sin tener una certeza absoluta sobre su veracidad (algo habitual en las primeras etapas de una investigación periodística).

Si el periodista debe ser absolutamente "cierto" para evitar la pena, se restringe severamente la posibilidad de informar sobre sospechas de corrupción o manejos irregulares, afectando el rol de la prensa como "perro guardián" de los asuntos públicos.

El riesgo de la autocensura

Si la ley mantiene o reintroduce la posibilidad de un proceso penal (incluso solo con multas elevadas, aunque sin prisión), esto genera un efecto amedrentador y de autocensura en los medios y en el debate ciudadano.

2. Criminalización de la protesta y el derecho de reunión

Otro foco de preocupación de organizaciones sociales y juristas es cómo el proyecto podría afectar el derecho a la protesta y a la reunión pacífica.

Se ha advertido que el proyecto incluiría figuras que penalizan la reiteración de faltas, incluso sin condena firme, lo que podría usarse contra manifestantes que participan repetidamente en protestas con cortes de calle u otras acciones.

El endurecimiento general de las penas podría aplicarse a figuras de resistencia a la autoridad o daños en el marco de una protesta, elevando el riesgo de criminalización.

Síntesis del debate central

El debate no está centrado en la necesidad de actualizar el Código, sino en si el texto propuesto logra el equilibrio constitucional entre la protección del honor personal y la tutela prioritaria de la libertad de expresión y el derecho a la información en asuntos públicos.

En resumen, la sociedad civil y la prensa están exigiendo que la redacción final del proyecto respete y fortalezca los estándares internacionales que limitan las sanciones penales a la prensa y garantizan la despenalización en temas de interés público.

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