Uno de los proyectos que el Gobierno de Javier Milei enviará al Congreso como parte de un nuevo paquete de leyes buscará eliminar las restricciones que rigen para la compra de tierras por parte de extranjeros porque, según la postura del oficialismo, durante los últimos años han “obstaculizado la inversión internacional”.
El Gobierno de Milei quiere eliminar restricciones que limitan la compra de tierras por parte de extranjeros
El gobierno de Javier Milei sostiene que el Régimen de Protección al Dominio sobre la Propiedad de Tierras es un obstáculo a las inversiones internacionales
El gobierno de Javier Milei quiere modificar la ley de tierras
“Desde el año 2011, la inversión internacional en este sector ha sido obstaculizada a través de la Ley N.° 26.737. Esta ley prohíbe que los extranjeros posean más de mil hectáreas productivas en el país, lo que desalienta la inversión en el sector”, indicaron en diciembre último desde el Ejecutivo a través del documento final que fue elaborado por el Consejo de Mayo, que sintetiza los principales objetivos legislativos de la administración de Javier Milei.
Dicho texto enfatiza que “la inversión extranjera es deseable y conducente al desarrollo de un país” y que, por lo tanto, es necesario apuntar a la liberación de la compra por parte de privados extranjeros. “En pos del crecimiento del país, y en línea con nuestra Ley Suprema, se propone la modificación de la Ley N.° 26.737 liberando la compra por parte de privados extranjeros”, indicaron.
Y aclararon que “la compra por parte de entes estatales extranjeros seguirá sujeta a autorización previa, preservando así los intereses estratégicos y la seguridad nacional”.
El Gobierno nacional impulsa la derogación de tres artículos
En concreto, el Gobierno propondrá la derogación de “los artículos 9, 11 y 16 de la Ley N.º 26.737”, el Régimen de Protección al Dominio Nacional sobre la Propiedad, Posesión o Tenencia de las Tierras Rurales, sancionado en 2011.
El artículo 9 dice que “en ningún caso las personas físicas o jurídicas, de una misma nacionalidad extranjera, podrán superar el treinta por ciento (30%) del porcentual asignado en el artículo precedente (15%) a la titularidad o posesión extranjera sobre tierras rurales”.
El 11, por su parte, establece que “no se entenderá como inversión la adquisición de tierras rurales, por tratarse de un recurso natural no renovable que aporta el país receptor”, en línea con “los Tratados Bilaterales de Inversión (TBI) suscriptos por la República Argentina”.
Finalmente, el artículo 16 dispuso la creación del Consejo Interministerial de Tierras Rurales, un ente encargado de “dirigir las acciones para el cumplimiento de la ley” de propiedad de tierras rurales.














