Diez jóvenes fueron condenados hoy a penas de entre 8 y 16 años de prisión de cumplimiento efectivo tras ser hallados culpables del delito de "abuso sexual con acceso carnal doblemente agravado" en perjuicio de una adolescente de 16 años, en un hecho ocurrido en la localidad santafesina de Pilar, situada a 80 kilómetros de la capital provincial. Los fiscales calificaron al fallo como "sin precedentes".
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El fallo sentenció a los detenidos a penas de entre 8 y 16 años de prisión.
El fallo del tribunal, integrado por los jueces Cristina Fortunato, José Luis Estévez y Juan Gabriel Peralta, fue dado a conocer este mediodía en los tribunales de la ciudad de Rafaela y la pena tuvo como agravantes "la participación de 2 o más personas, y de un menor de edad”.
La máxima pena, de 16 años de reclusión, recayó sobre Jair Damián Goró, ya que además del abuso de la menor de Pilar fue encontrado culpable del abuso sexual simple en perjuicio de otra víctima.
En tanto, fueron condenados a 14 años Michael Nicolás Bracamonte, Adrián Marcelo Arietti, Maximiliano Javier Zoller, Patricio Suárez, Lucas Lencina, Ayrton Sergio Suviani, Gaspar Amilcar Gilli y Santiago Miguel Adrián, mientras que Joaquín Ezequiel Vera recibió una pena a 8 años de prisión.
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Las claves del fallo
Luego de la sentencia, la fiscal del caso Shirli Tomasso y el Fiscal Regional de la Quinta Circunscripción Judicial con sede en Rafaela, Carlos María Vottero, contaron cuáles fueron las claves del juicio.
"Es muy positiva la sentencia, todos fueron condenados. Fueron jornadas muy extensas donde se realizaron muchos planteos, había abogados defensores que reiteraban planteos que se habían hecho en etapas previas al juicio. En particular uno de ellos publicó información muy sensible como datos personales de la víctima, cuando los jueces el primer día fueron muy claros con este tema", criticó Tomasso.
Vottero enfatizó en que en la sociedad rige "el estado de derecho, donde hay valores como la Justicia y la seguridad jurídica, que deben ser tenidos en cuenta por los ciudadanos y eso debe ser respetado. Eso conlleva al respeto de una decisión judicial, este caso se dirimió en el ámbito que tiene que resolverse, que es una sala de juicio donde hay un tribunal pluripersonal que ha resuelto sobre la existencia de los hechos y la responsabilidad penal de los diez acusados". La declaración de Vottero hizo referencia a que "reiteradamente se ha escuchado una expresión de 'pretensa víctima'. El código penal habla de víctima, medios han hablado de 'pretensa', lo que denota un desconocimiento claro de cuestiones penales".
"En esta quinta circunscripción no se ha juzgado un hecho de estas características, y en la provincia sólo ha habido un caso similar en Rosario", puntualizó.
Con respecto al condenado que se encuentra en España, los fiscales relevaron que "el trámite de extradición se está llevando adelante, va a llevar un tiempo importante, y estamos a la espera de que ese imputado llegue a nuestro país. Actualmente está detenido".
Un punto importante del juicio fueron las declaraciones de dos testigos que se encontraban en la casa donde ocurrieron los hechos, pero cuyas narraciones fueron calificadas como "contradictorias".
"Había información importante que podían aportar, pero se advirtieron contradicciones. No fueron presenciales porque no ingresaron a las habitaciones donde ocurrieron los hechos, nunca vieron ni escucharon lo que pasaba. No son testigos creíbles. Está claro que, con una testigo que se contradice, el peso que tiene esa prueba es nulo o casi inexistente. Estas testigo fueron cambiando sus declaraciones, a diferencia de lo que declaró la víctima que fue coherente, contundente y sostenida", observaron.
También cobró relevancia la asistencia psicológica brindada a la víctima.
"Siempre se trabaja con profesionales de psicología y equipos interdisciplinarios que son fundamentales. Acá tenemos como prueba el informe de la psicóloga, que declaró de forma contundente que todo lo que había narrado la víctima había ocurrido, entonces hay un respaldo profesional. También dictaminó que la víctima hablaba desde el dolor", apuntó Tomasso.
Los fiscales, para concluir, recordaron que "toda la prueba que se ha producido se tiene que valorar, al igual que la investigación, con una perspectiva de género".
"No tiene que ver con una 'moda', como he escuchado en algunos medios, es una obligación legal, surge de la Constitución y los compromisos asumidos por el estado argentino", expresó Tomasso.