La reforma constitucional de la provincia de Santa Fe, que entró en vigencia el 10 de septiembre del año pasado, consagró la autonomía municipal en cinco dimensiones: institucional, política, administrativa, económica y financiera. La que está en el centro del debate actual es la autonomía institucional: la potestad que tendrán los municipios de más de 10.000 habitantes de dictarse sus propias cartas orgánicas.
Santa Fe inicia el camino hacia su carta orgánica: qué cambia con la autonomía municipal consagrada en la nueva Constitución provincial
El abogado constitucionalista Mariano Bär explicó las implicancias del proceso que llevará a la ciudad a redactarse su propia "constitución local". Habrá convencionales estatuyentes, debate ciudadano y decisiones que ningún intendente ni concejal podrá revertir sin reformar la carta
"Es algo que en las ciudades más grandes se entiende un poco mejor, pero no así en la mayoría de las ciudades de la provincia. El interés está, y eso está bueno", señaló el abogado constitucionalista Mariano Bär en el programa Mañana UNO, quien participó de foros con concejales del área metropolitana de Santa Fe y de distintas localidades del interior provincial.
La nueva Constitución también eliminó la figura de las comunas: a partir de ahora, las 365 localidades de la provincia son consideradas municipios y quedan alcanzadas por la Ley Orgánica 14.436, sancionada en abril de este año, que reemplaza a las anteriores leyes 2756 y 2439.
Una constitución para la propia ciudad
La carta orgánica funciona como una constitución en miniatura para el municipio: establece obligaciones con la máxima jerarquía normativa local, por encima de cualquier ordenanza o acto administrativo del ejecutivo. Eso significa que lo que quede plasmado en ella no podrá ser modificado por ningún intendente ni por ninguna composición del Consejo Municipal, salvo que se reforme la carta misma.
"Si yo digo que las asociaciones vecinales participan en la toma de decisiones sobre determinado tema, no puedo después decir otra cosa", ejemplificó Bär. Entre los contenidos posibles mencionó: el rol de las organizaciones vecinales en la toma de decisiones, los mecanismos de transparencia y control de las cuentas públicas, las reglas de equilibrio presupuestario, y cuestiones de diseño institucional como la creación de la figura del viceintendente o la composición y forma de elección del Consejo Municipal.
"Podemos bajar la cantidad de concejales, subirlos, mantenerlos. Podemos discutir si elegimos la mitad por distrito único y la otra mitad por barrios, para garantizar mayor representación territorial", graficó el constitucionalista.
Cómo será el proceso
El Concejo Municipal de Santa Fe abrió una instancia de participación ciudadana a través del programa Autonomía SF, que ya realizó sus primeros encuentros. Todo lo que surja de estos foros deberá plasmarse en una ordenanza, aprobada por dos tercios de los concejales, que declare la necesidad de sancionar una carta orgánica y establezca sus contenidos mínimos.
Esa ordenanza deberá fijar también una fecha para la elección de convencionales estatuyentes, que funcionarán como lo hicieron los convencionales constituyentes provinciales en 2024. La votación se realizará en simultáneo con las próximas elecciones provinciales. Los convencionales electos se reunirán durante un período determinado, debatirán y sancionarán la carta orgánica, que pasará a ser la ley fundamental de la ciudad.
Autonomía sí, pero con responsabilidad
Uno de los puntos que Bär subrayó con énfasis es que la autonomía implica también mayor responsabilidad. La Constitución establece que ninguna transferencia de competencias desde la provincia hacia el municipio puede realizarse sin la correspondiente transferencia de fondos. Pero cuando un municipio decida asumir servicios que antes no prestaba, deberá negociar con la provincia la forma de traspaso para no afectar la continuidad de esos servicios.
"Hay que tener un gran baño de humildad y pensar seriamente qué se puede asumir y qué no, para que en el futuro no nos sobrepase", advirtió. Y añadió que por eso el debate ciudadano es clave: "Entre todos hay que evaluar las ventajas y también los riesgos de asumir una facultad o un servicio".
Córdoba como espejo, con correcciones
A la hora de buscar referencias, Bär descartó a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires —"tiene una naturaleza muy especial, la Corte ya la asimiló a una provincia, es otra cosa"— y trazó los dos extremos del espectro provincial argentino: Entre Ríos, donde la autonomía está consagrada desde hace años pero ningún municipio dictó carta orgánica; y Córdoba, donde el ejercicio de la autonomía fue tan intenso que se habla de "autonomitis".
La experiencia cordobesa fue tenida en cuenta en la reforma santafesina: para evitar que cada municipio fije su propio calendario electoral —lo que en Córdoba genera "prácticamente una elección por fin de semana"—, la nueva Constitución de Santa Fe estableció que todos los cargos, municipales y provinciales, se eligen el mismo día en toda la provincia.
"Santa Fe se va a tomar de ejemplo mucho más los municipios cordobeses que los de cualquier otro lugar, por identidad más que nada", afirmó Bär.
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