La Cámara de Apelaciones en lo Penal de Santa Fe condenó a 12 años de prisión efectiva al docente Juan Francisco Trigatti, tras hallarlo culpable de abusos sexuales reiterados y agravados contra cinco niñas de entre 3 y 6 años en el Jardín Ceferino Namuncurá, de la capital provincial.
El fallo completo que revocó la inocencia del docente Trigatti y lo condena por abusos sexuales contra cinco niñas
Tras revocar la absolución dictada en primera instancia, la Cámara de Apelaciones condenó al docente Juan Francisco Trigatti a 12 años de prisión por abusos sexuales agravados contra cinco niñas en un jardín de infantes de Santa Fe.
El fallo, dictado por los jueces Jorge Andrés, Sebastián Creus y Alejandro Tizón, revocó la absolución que el tribunal de primera instancia había dictado en 2024, y calificó a Trigatti como autor penalmente responsable de los delitos de abuso sexual gravemente ultrajante y abuso sexual simple, ambos agravados por su rol de educador a cargo de las víctimas.
El fallo completo
Para los camaristas, la prueba reunida durante el juicio —en especial los testimonios de las niñas, las entrevistas en Cámara Gesell, los informes médicos y peritajes psicológicos— fue contundente para confirmar que Trigatti utilizó su rol como docente de educación física para generar espacios de intimidad y concretar los abusos de manera reiterada.
El fallo hace hincapié en la edad de las víctimas, la reiteración de los hechos y el vínculo de poder y confianza que el acusado ejercía en su rol de educador, factores que consideró agravantes a la hora de establecer la pena.
Además, los jueces criticaron duramente el razonamiento del tribunal que había absuelto al imputado, especialmente por haber desestimado las declaraciones de las niñas por una supuesta “influencia materna”. Esa interpretación —sostiene la Cámara— carecía de perspectiva de género e infancia, y constituía una forma de revictimización institucional.
El caso había tomado estado público en octubre de 2024, tras conocerse la sentencia absolutoria que generó el inmediato rechazo de organizaciones sociales, especialistas en derechos de la niñez y referentes del ámbito judicial. Tanto la Fiscalía como la querella apelaron la decisión y reclamaron una pena de 25 años de prisión.
Si bien la Cámara no otorgó el máximo solicitado, resolvió aplicar una condena de 12 años, al ponderar la cantidad de víctimas, la gravedad de los hechos, el tiempo sostenido de los abusos y sus consecuencias. También se consideró como atenuante la falta de antecedentes penales por parte del acusado.
Lo que viene
El fallo no está firme: la defensa de Trigatti puede presentar un recurso ante un nuevo tribunal plural, conforme al derecho constitucional de revisión de sentencias condenatorias. Sin embargo, la resolución de la Cámara ya representa un cambio significativo en el abordaje judicial de los delitos sexuales cometidos contra niños y niñas en ámbitos escolares.
Por otra parte, el fallo también revocó medidas adoptadas contra funcionarios públicos que habían sido cuestionados en la sentencia anterior, y ratificó el accionar del Ministerio Público de la Acusación y de las profesionales del sistema de protección de derechos, que habían intervenido en la causa desde su inicio.














