La discusión por los fueros del senador Armando Traferri llega a la Corte Suprema de Justicia de Santa Fe. La decisión del juez de Cámara José Luis Mascali de elevar la cuestión al máximo tribunal tiene efectos suspensivos: hasta que los seis ministros no se expidan, los fiscales Luis Schiappa Pietra y Matías Edery no podrán citar a audiencia imputativa al legislador provincial.
La discusión por los fueros del senador Armando Traferri llega a la Corte Suprema de la provincia
El abogado de Traferri, Oscar Romera, explicó en diálogo con LT8 que primero la Corte tiene que decidir si admite el planteo o no. Superada esa instancia, los seis jueces y el procurador de la Corte Suprema, Jorge Barraguirre, deberán emitir su dictamen. “El trámite no será rápido”, anticipó el letrado.
El lunes pasado, Traferri fue citado a audiencia imputativa pero no se presentó. "No es que Traferri no quiera venir, soy yo su abogado quien le dice que no debe venir", sostuvo Romera. El profesional consideró que "fue un error del juez convocarlo a Traferri" y argumentó "un conflicto de poderes".
El debate de fondo en la causa sobre los fueros, derivada de la investigación sobre juego clandestino que llevan adelante Schiappa Pietra y Edery en la Justicia rosarina, es sobre los alcances de la inmunidad que gozan los legisladores.
A principios de julio, Mascali dictaminó “la inconstitucionalidad –y su inaplicabilidad para el caso concreto– del segundo párrafo del artículo 51 de la Constitución provincial”. Ese artículo, que vulnera el principio de igualdad ante la ley según el magistrado, establece que “sin autorización de la Cámara a que pertenece, acordada por dos tercios de los votos de los presentes, no puede ser sometido a proceso penal”. A finales del año pasado, el Senado rechazó el desafuero.
Los argumentos legales de Traferri circulan por dos carriles. Por un lado, que mientras esté vigente la norma, se trata de una disposición constitucional y hay que respetarla. Por el otro, que dentro de las facultades que la Constitución nacional otorga a las provincias es la de armar su propia arquitectura institucional, siempre que respeten la forma republicana y federal de gobierno. “Cómo se organizan los fueros parlamentarios está dentro de estas facultades”, señaló Romera.