En medio de una ola de frío polar que afecta a gran parte del país, la demanda de garrafas en Santa Fe registró un marcado incremento. Así lo confirmó el dueño de un comercio de expendio de gas envasado, donde explicó que las bajas temperaturas están generando demoras tanto en el abastecimiento como en las entregas a domicilio.
Alta demanda de garrafas en Santa Fe por las bajas temperaturas: los precios por unidad
El fuerte descenso de temperaturas genera demoras en la entrega y un leve aumento en los precios en las garrafas. Comerciantes advierten sobre ofertas truchas. El gobierno desregularizó el mercado
Archivo UNO Santa Fe
Subieron los precios de las garrafas
“La demanda hoy está bastante alta debido a las bajas temperaturas y hay un poquito de demoras en las entregas, tanto sean los abastecimientos como en las entregas porque, con la demanda que hay, no se da abasto”, detalló.
Precios actualizados de las garrafas
El titular del comercio también indicó que hubo un leve reajuste en los precios de las garrafas, que actualmente se comercializan en los siguientes valores:
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Garrafa de 10 kg: $20.000
Garrafa de 15 kg: $30.000
Cilindro de 45 kg: $70.000
Todos estos valores corresponden a gas envasado de primera calidad, provisto por empresas habilitadas por la Secretaría de Energía de la Nación.
Recomendaciones para una compra segura
Desde el comercio advirtieron sobre la proliferación de ofertas engañosas en el mercado informal y recordaron la importancia de comprar garrafas únicamente en empresas habilitadas.
“Hay que tener mucho cuidado porque hay muchas avivadas en este mercado. Comprando en una empresa habilitada, te asegurás que el envase esté en condiciones, que no esté vencido, y que la calidad del gas sea la adecuada”, advirtió.
Consejos claves para los usuarios
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Verificar que el envase tenga su habilitación vigente.
Evitar adquirir garrafas en puntos no autorizados o sin factura.
Consultar los precios actualizados en comercios oficiales.
El Gobierno desreguló el mercado del gas envasado
El Gobierno nacional modificó el marco regulatorio del gas envasado y limitó la intervención estatal a la fiscalización de seguridad, dejando de tener injerencia en precios, oferta y demanda, mediante el Decreto 446/2025, publicado este jueves en el Boletín Oficial.
La normativa, que desregula el mercado de la industria y comercialización de gas licuado de petróleo (GLP), restringe la tarea de la Secretaría de Energía como autoridad de aplicación “exclusivamente a la fiscalización del cumplimiento de los parámetros de seguridad correspondientes”.
En este sentido, dispone que dicha labor se debe desempeñar “sin interferir en aspectos operativos que competen al funcionamiento del mercado, evitando intervenir en decisiones vinculadas a precios, oferta y demanda, las cuales deben quedar regidas por el funcionamiento libre y competitivo del mercado, que constituye el mecanismo más eficiente para asignar recursos y promover el desarrollo del sector”.
Al fundamentar la decisión, el Ejecutivo expuso en el texto oficial que “el régimen vigente otorga un rol protagónico a la autoridad de aplicación en materia de regulación económica, técnica y operativa, lo que ha generado en muchos casos sobrerregulación, duplicación de funciones, distorsiones de mercado y sobrecostos operativos que impactan negativamente en los precios al consumidor”.
Asimismo, consideró que “el sector privado es el principal interesado en expandir la producción, el fraccionamiento y la comercialización de GLP, y posee la capacidad para mejorar la calidad del servicio, diversificar la oferta y optimizar la operación de la industria, incluyendo los mecanismos de canje de envases, contribuyendo de ese modo a garantizar el abastecimiento interno de GLP al menor costo posible para los consumidores”.
Con la mencionada premisa, el decreto determinó que a partir de ahora se elimina la obligación de obtener autorización previa de la Secretaría de Energía para instalar nuevas plantas de fraccionamiento o ampliar las existentes.
Al respecto, precisó que “solo resultaría suficiente que se cumpla con los requisitos establecidos en la ley y su reglamentación para poder operar en los distintos segmentos de la industria, sin necesidad de una autorización previa por parte de la Autoridad de Aplicación”.
De esta manera, estipuló que “bastará con que, dentro de un plazo acotado y previo al inicio de sus operaciones, modificaciones o renovaciones, se presente la documentación pertinente”. Posteriormente Energía podrá constatar la información y el silencio administrativo será considerado positivo dentro de los diez días hábiles.
Al mismo tiempo, también se flexibiliza el régimen de marcas y envases, permitiendo que los fraccionadores envasen GLP de cualquier productor, comercializador o importador, y que puedan hacerlo para más de una marca o leyenda. El uso de envases de otras marcas podrá acordarse libremente entre fraccionadores mediante contratos bilaterales.
Además, se establece la obligación de recibir envases de cualquier marca o leyenda y se crea un parque de envases de uso común, cuyo objetivo es “asegurar el acceso a envases por parte de aquellas firmas fraccionadoras que, cumpliendo con toda la normativa vigente, encuentren dificultades para recuperar los envases identificados con su marca o leyenda”.
Por otra parte, el Gobierno autorizó la importación libre de gas licuado de petróleo sin otro requisito que el cumplimiento de la normativa vigente y sin necesidad de aprobación previa. Las exportaciones, en tanto, serán permitidas siempre que esté garantizado el volumen de abastecimiento del mercado interno.
Al argumentar las modificaciones en la regulación, el decreto argumentó que son “con el fin de adecuar sus disposiciones a una realidad operativa y productiva dinámica, promoviendo una regulación moderna, eficiente y orientada al desarrollo del sector de GLP”.











