En noviembre de 2011 la Legislatura sancionó la denominada ley Simoniello, por la cual se abrió la posibilidad de que las ciudades santafesinas puedan incorporar más ediles de acuerdo a la cantidad de habitantes. Sin embargo lo que no estaba actualizado –hasta ahora– era la base del cálculo, es decir, cuántos ciudadanos tienen los municipios. Por tal motivo el Senado provincial convirtió en ley tomar los datos censales de 2001 ( el Censo 2010 aún no fue aprobado por el Congreso de la Nación).
El Concejo municipal sumará dos ediles este año y en 2015 podría llegar a 16 miembros
En función de esos números, la ciudad de Santa Fe podría sumar tres concejales en las dos próximas elecciones. Uno en 2013 y los otros dos en 2015; esto es porque la ley establece que en los primeros comicios con el nuevo régimen se elija la menor porción de incorporaciones cuando haya una cantidad impar de cargos. En Rosario, en tanto, habría cinco nuevas bancas: dos ahora y tres más dentro de dos años.
Consultado sobre el tema el ex diputado provincial y actual presidente del Concejo Municipal de Santa Fe, Leonardo Simoniello (UCR-FPCyS), se lamentó que la base del cálculo sea el Censo 2001 porque eso priva a la ciudad capital de tener un edil más (cuatro en total). “De todas maneras, creo que esto repara –en parte– la ofensa que se hizo a los concejales de las ciudades de Santa Fe y Rosario cuando se votó la ley Borgonovo, aquella que podó a la mitad ambos cuerpos deliberativos”, expresó en diálogo con Diario UNO.
Como parte de la crisis política de 2001 el gobierno de Carlos Reutemann (con Esteban Borgonovo como ministro de Gobierno) decidió hacer una reforma política, pero lejos de concretarla lo único que sucedió fue la reducción de 22 a 13 la cantidad de ediles en Santa Fe y de 41 a 22 en Rosario. “Ahora se intenta remendar ese error y estamos satisfechos porque en esta nueva elección se ponga en funcionamiento esta norma”, indicó Simoniello.
“Es una reparación a una ley que fue pensada para disminuir la participación de los vecinos y la representación política. Para nosotros es una satisfacción haberla impulsado. Estoy convencido que los concejos municipales se deben fortalecer, no sólo con más miembros sino con mejores concejales, con más política y, en definitiva, esto debe redundar en mejor calidad de vida de los vecinos”, explicó Simoniello.
Además, aclaró que su ley fija claramente que no se deben aumentar los presupuestos de los respectivos concejos para su ejecución. “Los concejos municipales deben adecuarse a los presupuestos que voten”, manifestó el titular del Concejo Municipal santafesino.
A contar habitantes
La ley Simoniello establece que en las ciudades de primera categoría (aquellas que superan los 200.000 habitantes), como es el caso de Santa Fe y Rosario, “por los primeros 200.000 habitantes se elegirán 13 concejales, agregándose en ambos casos un concejal por cada 50.000 habitantes o fracción no inferior a 30.000)”.
Vale destacar que los municipios de segunda categoría (aquellas que tengan entre 10.001 y 200.000 habitantes) “elegirán seis concejales por los primeros 20.000 habitantes. Luego, agregarán otro concejal por cada 15.000 habitantes hasta llegar a los 80.000 habitantes. Superando ese número agregarán otro concejal por los próximos 30.000) habitantes, otro por los siguientes 40.000 y un último por los siguientes 50.000”.
Al agregar los concejales se deberá tener en cuenta que a posteriori se respete la renovación bienal del Concejo por mitades. En caso de que el cuerpo quede constituido por un número impar, la renovación del número mayor de concejales se hará juntamente con la elección de intendente (en el caso de Santa Fe, será en 2015).
La Municipalidad de Santa Fe –al igual que la de Rosario– podrá establecer por ordenanza sancionada por mayoría especial de las dos terceras partes de la totalidad de los miembros de sus respectivos Concejos municipales, un coeficiente menor al de 50 mil habitantes con el objeto de determinar una mayor cantidad de concejales de la mencionada en los párrafos precedentes. Dicho coeficiente no podrá ser menor a 40 mil habitantes o fracción no inferior a 20 mil. Tal decisión deberá ser notificada a las autoridades electorales en forma previa a la convocatoria del acto eleccionario.















