Un padre de una menor de edad se quedará sin su línea telefónica debido a su deuda en la cuota alimentaria. Así lo dispuso la Justicia de Familia de San Lorenzo, en el sur de la prpvincia de Santa Fe.
La Justicia sancionó a un padre por no cumplir con la cuota alimentaria: sin celular ni carreras de autos
La Justicia de San Lorenzo le quitó la línea telefónica y le prohibió asistir a competencias de automovilismo a un papá que no abona la manutención de su hija.
Tribunales de San Lorenzo. Foto ilustrativa.
También exigió que no se le otorgue otra línea, no le permite salir del país y lo inhabilitó para asistir a competencias de automovilismos en Santa Fe, Buenos Aires y Córdoba.
La Justicia de San Lorenzo hizo lugar a la denuncia de la madre por el incumplimiento de la cuota alimentaria por parte del padre. En su momento, los progenitores habían acordado que la manutención correspondería al 100% de la canasta de crianza que establece el INDEC para la categoría de niños de 6 a 12 años, lo que corresponde a casi 550.000 pesos, según la última actualización de septiembre de 2025.
Además de la imposibilidad de contar con línea de celular, salir del país y asistir a las tribunas de las competencias organizadas por la Federación de Automovilismo de las Provincias de Santa Fe, Buenos Aires y Córdoba, el tribunal bloqueó la cuenta bancaria que existiere a nombre del demandado hasta tanto cumpla con su obligación de alimentos, la suspensión del carnet de conducir y que sea inscripto en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos.
Los motivos de la Justicia
La intervención de la justicia se dio ante la creciente deuda del padre, que a su vez es fanático del automovilismo y tenía intenciones de comprar un vehículo para competir, según pudieron consignar las abogadas patrocinantes de la madre, Florencia Formini y Luisina Flores Piazza.
La defensora general sostuvo que "probado el incumplimiento se estaría comprometiendo directamente el bienestar de la persona menor de edad beneficiaria de la cuota alimentaria y no resulta indispensable que se haya efectivizado previamente la inscripción en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos".
El juez de Familia de San Lorenzo, Marcelo Escola, puntualizó en la resolución que "se considere la tutela judicial efectiva cuando estamos en presencia de un derecho humano fundamental, con raigambre constitucional, como lo es el derecho al alimento, que hace ni más ni menos que a la propia vida, a la salud y al desarrollo integral, en este caso de la hija de las partes".
















