De la imputación que se llevó adelante este martes en los Tribunales santafesinos se desprende que Nadia Schujman, en su cargo de Asistente Técnica a cargo de la Secretaría de Control, siguió ordenes de su jefe, Marcelo Sain, para no intervenir en los golpes que le habrían propinado policías a un adolescente. Y además, de acuerdo a la evidencia que presentaron los fiscales Federico Grimberg y Ezequiel Hernández, promovió que excusen el comportamiento abusivo con decir que el joven "se autolesionó".
Apremios ilegales: grave acusación contra Nadia Schujman, exfuncionaria de Sain
Esta situación se relató en la audiencia que ocurrió este martes, donde se imputó también a Sain, Débora Cotichini, Esteban Germán Montenegro, Diego Rodríguez, Pablo Álvarez, Milagros Bernard y Agustina Moulins. Todos altos ex funcionarios del Ministerio de Seguridad de la provincia de Santa Fe.
Schujman fue identificada por los funcionarios del Ministerio Público de la Acusación como una de las organizadoras de una asociación ilícita que operaba con la estructura estatal. Grimberg y Hernández describieron siete tipos de actividades y relataron más de 50 hechos delictivos entre diciembre del 2020 y noviembre del 2021 en todo el territorio santafesino.
Uno de los hechos que se destaca en la imputación a la que accedió UNO Santa Fe, es el que ocurrió el 7 de febrero de 2021. "Schujman tomó conocimiento -a partir de un audio del abogado Fausto Yrure que le fue reenviado- de que funcionarios policiales se encontrarían golpeando al menor de edad Dylan Cantero, quien había sido privado de la libertad momentos antes".
"Schujman anotició inmediatamente de ello al entonces Ministro de Seguridad Marcelo Sain, quien dictó a sabiendas una orden contraria al derecho al instruirle «Ni se te ocurra intervenir. Y si intervienen, háganse los boludos». Schujman asintió y cumplió la orden dictando a su vez una orden contraria al derecho al transmitir la orden ilegal del Ministro a la Directora Provincial de Asuntos Internos Mariana Olivieri. Inmediatamente, Schujman le precisó que su actuación debía consistir en decir “que se autolesionó y que no lleguemos, que lleguemos tarde. Te imaginas”. Olivieri manifestó entender la orden y que la transmitiría a su vez a Ariel Montagner, Subdirector Provincial de Asuntos Internos", relataron los fiscales.
Actividades delictivas
Los fiscales describieron que entre las actividades, tanto Schujman como Cotichini recibían directamente las órdenes contrarias al derecho dictadas por Marcelo Sain y coordinaban con los demás miembros de la asociación ilícita su ejecución.
En esta línea las funcionarias dictaron, "a sabiendas", órdenes contrarias al derecho al instruir a sus colaboradores y dependientes que obtengan información, la registren y sistematicen en informes de inteligencia (a los que llamaban “perfiles”) sobre personas por el sólo hecho de sus opiniones políticas, pertenencias partidarias, pertenencia a organizaciones lícitas u otras actividades lícitas.
Para los funcionarios del MPA, las mujeres enmascaraban la ilicitud de la actividad desplegada para que empleados del Ministerio de Seguridad y del Organismo de Investigaciones a quienes encomendaban tal actividad desconozcan la arbitrariedad e ilegalidad de sus órdenes. Para ello dificultaban las comunicaciones entre sí, centralizaban por sí mismas toda la información e impedían a los empleados y analistas que se comuniquen directamente con fiscales del MPA.
Al mismo tiempo imputaron que ellas decidían por sí mismas algunos de los objetivos para la producción de inteligencia ilegal, siempre con la anuencia del jefe de la asociación ilícita. Y que dispusieron, en uso de su potestad jerárquica de hecho (ya que en los hechos actuaban como autoridad máxima de la Secretaría de Control y del Organismo de Investigaciones Zona Sur, respectivamente), de los medios por los cuales la asociación ilícita se valió para ejecutar sus planes criminosos (atento a la disposición funcional que poseía sobre miembros de la asociación ilícita y las personas a las que se solicitaban tareas ilegales de inteligencia y recopilación de datos, disposición de los recursos, instalaciones y herramientas de trabajo del Ministerio de Seguridad y OI, la obtención de usuarios que fueron solicitadas a distintos organismos públicos y privados, etc.).
Para Grimberg y Hernández las ex funcionarias obtenían por sí mismas información, registros y evidencias provenientes de causas penales con trámite en el MPA y en la Justicia Federal gracias a sus relaciones personales con distintos funcionarios. Al mismo tiempo que revelaban a los demás integrantes de la asociación ilícita y divulgaban en medios de comunicación la información producida, ya sea en causas penales o por medio de las maniobras de inteligencia ilegal, violando así tanto el deber de mantener en secreto las investigaciones penales como la reserva debida de toda actividad de inteligencia.
Y sostienen en la imputación que Schujman "dictó órdenes abusivas y contrarias a la legislación a miembros de fuerza de seguridad para que omitan deliberadamente el debido control e investigación del accionar policial abusivo y violento cuando este era dirigido contra determinadas personas, a la vez que omitió por sí misma tal control a pesar de haber tomado conocimiento de hechos vinculados a la violación (en algunos casos flagrante) de los derechos humanos en su carácter de funcionaria de la Agencia de Control Policial".