Como resultado de gestiones realizadas por el Colegio de Escribanos de la Provincia de Santa Fe, la Agencia Provincial de Seguridad Vial emitió la Resolución N° 0012/14, que reconoce la plena validez de las autorizaciones para conducir vehículos otorgadas ante Escribano Público.
Plena validez de las autorizaciones para conducir vehículos, expedidas por Escribanos
La norma, que lleva la firma del Subsecretario del Organismo Jorge Tarquini, establece que a los efectos del cumplimiento de las condiciones exigidas para circular conforme las normas de tránsito y seguridad vial nacionales y provinciales aplicables dentro del territorio de la Provincia de Santa Fe, las autoridades competentes de comprobación y/o aplicación deberán reconocer la validez de las autorizaciones para conducir otorgadas por el titular registral, mediante el instrumento extendido por un Escribano Público, materializado a través de un documento notarial, siendo necesario el uso de la cédula de Identificación del automotor sin importar su vigencia, junto con el instrumento referido, a fin de dar cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 40 inciso b) de la Ley nacional N° 24449.
Esta resolución va en concordancia con la opinión vertida en el mismo sentido por la Dirección Nacional de Registros Nacionales de la Propiedad Automotor en Nota D.N. N° 62 del 28 de enero de 2014, y por la Dirección General de Aduanas y sus dependencias, el 07 de marzo de 2014.














