Desde el Instituto Nacional contra la Discriminación, la Xenofobia y el Racismo (Inadi) delegación Santa Fe emitieron un comunicado manifestando su "profunda preocupación por niñas, niños y adolescentes que fueron separados de situaciones de violencia por mecanismos institucionales pero que asimismo, sufren vulneración de derechos según la Ley Nacional 26.061".
Preocupación del Inadi ante la situación de niños institucionalizados
El escrito se ve motivado por la reunión que donde la delegación recibió, en el día de ayer, a la familia Di Terlizzi, que lucha por la tenencia de una menor con la cual manifiestan haber tenido un vínculo cercano, y de su hermana melliza. Asimismo participaron de esa mesa de debate representantes de la comisión de Derechos y Garantías de la Cámara de Diputados y familias que están en situaciones similares.
En el comunicado expresan que el matrimonio Di Terlizzi presentó ante la delegación "puntuales denuncias que dan cuenta del incumplimiento de la Ley Nacional 26.061 de Protección integral a niños, niñas y adolescentes, en el ámbito de competencia de la Subsecretaría de la Niñez, Adolescencia y Familia de la Provincia de Santa Fe". Ante esta situación desde el Inadi Santa Fe informatron que solicitarán "ante dicho organismo que proceda a detallar mediante informes las medidas de control que tienen sobre los ámbitos donde se encuentran albergados las niñas, niños y adolescentes".
En este sentido desde el Inadi recordaron que "la mencionada Ley, consigna entre otras cuestiones que la/os niña/os deben permanecer institucionalizados como máximo 18 meses y lamentablemente, la realidad da fe del incumplimiento de dicha máxima. Asimismo, el Art. 41. inciso d) de la enmienda citada expresa claramente que: «Las medidas de protección excepcional que se tomen con relación a grupos de hermanos deben preservar la convivencia de los mismos»".
Por otro lado desde la delegación manifestaron que "la pretensión del matrimonio Di Terlizzi está basada en dicho justo criterio: se solicita que se respete la convivencia conjunta de hermanas mellizas, y al momento no se ha vislumbrado una decisión judicial que respete los derechos de las niñas. No ha existido un accionar de los magistrados que abrace el principio de convivencia conjunta de hermana/os. Estas niñas – que son un ejemplo visible de otras tantas situaciones similares- han soportado situaciones de violencia y por ende deben ser las primeras beneficiarias de un sistema de contención de sus intereses. A la fecha tienen 6 años y deben garantizárseles el goce pleno de sus derechos ahora, y principalmente la convivencia conjunta como manda la Ley Nacional N° 26.061. Con respecto a este caso de necesarísima tutela, el tiempo pasa de manera inexorable, y no ha existido respuesta favorable por parte de los Poderes del Estado. Es inminente la aplicación y planteo de políticas eficientes que con celeridad atiendan el superior interés de las mellizas".
















