La Oficina de Gestión Judicial (OGJ) de los tribunales santafesinos designó al tribunal que deberá analizar el fallo que llevó a la condena del profesor Juan Trigatti a 12 años de prisión, por cinco hechos de abuso sexual que habrían ocurrido en el jardín Ceferino Namuncurá del barrio Yapeyú, en la ciudad de Santa Fe.
Caso Trigatti: designaron al nuevo tribunal que revisará la condena por abuso de la Cámara de Apelaciones
El docente fue condenado a 12 años de prisión en un fallo que revocó la absolución que un tribunal anterior había determinado por unanimidad en 2024.
De acuerdo a fuentes judiciales, el nuevo tribunal estará integrado por los jueces Fabio Mudry, Fernando Gentile Bersano y Bruno Netri. Ellos tendrán la responsabilidad de evaluar si ratifican o no la resolución de sus colegas de la Cámara, quienes revocaron la absolución inicial y sentenciaron al docente a una pena de cumplimiento efectivo.
Una vez constituido el tribunal, la OGJ deberá establecer la fecha y hora en que se desarrollará la audiencia para tratar el denominado “recurso horizontal”, presentado por la defensa de Trigatti —conformada por los abogados Marcos Barceló y Macarena Olivera—. Su objetivo es anular la condena y restablecer el veredicto de primera instancia que había declarado inocente al profesor de educación física.
Condena en libertad
Esta próxima audiencia responde a la necesidad de garantizar el “doble conforme”, un principio que se aplica cuando una persona absuelta en un juicio oral es luego condenada en segunda instancia. Por ese motivo, un tribunal distinto, pero del mismo rango, debe revisar la sentencia.
Mientras tanto, Trigatti permanece en libertad, condición que le fue otorgada en 2022 por el juez Jorge Patrizi —en el contexto de una resolución que ordenó la realización del juicio oral— y que recientemente fue confirmada por mayoría por los jueces Nicolás Falkenberg, Leandro Lazzarini y José Luis García Troiano.
El docente llegará a esta instancia judicial con una condena de 12 años de prisión como autor penalmente responsable de los delitos de abuso sexual gravemente ultrajante reiterado en cuatro ocasiones, agravado por su rol como educador, y abuso sexual simple también agravado por el mismo motivo. Todos estos hechos fueron considerados en concurso real. La Cámara, en su fallo, rechazó el planteo del tribunal de primera instancia —integrado por los jueces Pablo Busaniche, Cecilia Labanca y Martín Torres—, que había concluido que los relatos de las menores no eran suficientes para incriminar al acusado.














