Los fiscales Luciana Escobar Cello y Matías Broggi explicaron este jueves los fundamentos probatorios que permitieron llegar a una condena de siete años de prisión contra el artista urbano y muralista Andrés Iglesias, alias "Cobre", hallado culpable de un hecho de abuso sexual con acceso carnal ocurrido en Santa Fe.
Chats, pruebas psicológicas y declaración de testigos: las pruebas clave para condenar por abuso al muralista "Cobre"
Andrés Iglesias, alias "Cobre", fue condenado a siete años y medio de prisión. El fallo contra el muralista se construyó con evidencia digital, pericias psicológicas y testimonios que permitieron acreditar el abuso sexual.

Según Broggi, “no fue solamente la palabra de la víctima”, sino que durante el juicio “desfilaron un montón de testigos”, entre ellos una psicóloga que la atendió y aplicó test que evidenciaron distintos elementos del relato. Además, se incorporaron los chats entre la víctima y el imputado, que permitieron reconstruir el vínculo entre ambos.
Entre los elementos considerados por el tribunal se incluyeron el testimonio de la víctima, que fue valorado por su coherencia y persistencia en el tiempo, los informes de la psicóloga que la atendió durante años, y los mensajes recuperados del celular. También declararon familiares y amistades cercanas a la mujer.
EL fiscal destacó que se pudo determinar que no se trató de un hecho aislado. En ese sentido, detalló que los mensajes y los testimonios revelaron violencia de género sostenida en el tiempo, sobre todo violencia psicológica y simbólica, en el marco de una relación de pareja.
“Fueron fundamentales los mensajes de celular y la pericia psicológica”, aunque aclaró que será necesario esperar los fundamentos escritos del fallo para saber si el tribunal los consideró determinantes, dijo el fiscal Matías Broggi en diálogo con la prensa
Sobre la pena, que fue de siete años y medio de prisión, el fiscal evaluó que si bien está por debajo de los diez años solicitados por la Fiscalía, no se aleja tanto del rango previsto. “Tenemos que ver qué fundamentos sostuvo el juez y en función de eso evaluar si interponemos recursos”, explicó.
Respecto a por qué Iglesias no quedó detenido inmediatamente tras la condena, Broggi explicó que la sentencia no está firme, y que por lo tanto rige el principio constitucional de inocencia hasta que se agoten las instancias recursivas. Por eso, la Fiscalía había solicitado nuevamente la prisión preventiva.
La fiscal Luciana Escobar Cello señaló que esa solicitud fue rechazada, algo que consideraban posible. “Era una situación esperable”, dijo, y adelantó que ahora analizarán los fundamentos del tribunal para definir si apelan.
En cuanto a las restricciones impuestas, la fiscal indicó que son similares a las que tenía el imputado desde su detención inicial: prohibición de salir del país y cumplimiento de ciertas condiciones. “Una de nuestras preocupaciones es que Iglesias tiene vínculos en el exterior y antecedentes de viajes, lo que podía facilitar una fuga”, advirtió Broggi.
Finalmente, al ser consultado sobre una causa anterior por abuso que tuvo el mismo acusado, Broggi aclaró que no funcionó como agravante, ya que esa causa se resolvió con una suspensión del juicio a prueba. Sin embargo, admitió que la Fiscalía valoró “algunas consecuencias que tuvo ese antecedente” al momento de argumentar su acusación.
Violencia, control y abuso
La fiscal Luciana Escobar Cello, quien llevó adelante la investigación, describió la relación entre Iglesias y la víctima —que se extendió por unos nueve meses— como “sumamente abusiva, desigual y violenta”. Según relató, el acusado controlaba a su pareja, restringía sus vínculos personales, regulaba su vestimenta y ejercía un dominio constante sobre el uso de su celular y redes sociales.
Además, sostuvo que Iglesias obligaba a la víctima a mantener conductas sexuales no consentidas y que el hecho investigado se produjo cuando ella expresamente se negó a tener relaciones sexuales, siendo luego forzada con violencia.
El muralista, de 39 años, ya contaba con antecedentes penales: en 2020 fue condenado por tentativa de extorsión contra otra expareja. En aquella oportunidad se le concedió una probation con condiciones que incluían la realización de un curso sobre violencias del patriarcado y la publicación de un desagravio en sus redes sociales.
Pruebas y sentencia
Durante el debate, la acusación estuvo a cargo de la fiscal Jorgelina Moser Ferro, de la Unidad Fiscal Especial de Violencias de Género, Familiar y Sexual (Gefas). La investigación había comenzado tiempo después del hecho, ocurrido el 17 de diciembre de 2022, cuando la víctima logró radicar la denuncia. A partir de ese momento, la fiscalía avanzó con la recolección de pruebas, testimonios y peritajes psicológicos.