Este lunes, en la Cámara de Apelaciones de los Tribunales santafesinos se dictaminó que el conductor que atropelló y mató a un matrimonio en la Costanera durante el pasado mes de noviembre mientras corría una picada con otro vehículo permanezca detenido en prisión preventiva a la espera del juicio.
Dictaron prisión preventiva para el conductor que atropelló y mató a un matrimonio en la Costanera
La Cámara de Apelaciones revocó la excarcelación y dictaminó que el imputado sea detenido y transcurra en prisión el período que suceda hasta el juicio.

El doble homicidio fue cometido minutos después de las 23 del domingo 24 de noviembre en la zona de la Costanera
Esto fue resuelto por el juez de la Cámara de Apelaciones, Roberto Prieu Mántaras, quien ordenó la prisión preventiva de Valentin Giordano, quien era el conductor del automóvil Volkswagen Bora que atropelló a la pareja fallecida.
El fallo revocó la decisión que había dispuesto en primera instancia la jueza Cecilia Labanca el pasado 5 de diciembre en la audiencia de medidas cautelares, momento en el que se había dictaminado que el autor del homicidio permanezca en libertad hasta el momento del juicio.
Apelación de fiscalía
Al momento de presentar la apelación, Marcolín sostuvo que “la jueza que otorgó la libertad con normas de conducta se contradijo al rechazar la preventiva tras considerar acreditadas la materialidad del ilícito, la probable participación del hombre de 19 años, la pena en expectativa a prisión efectiva y la existencia de peligros procesales”. Explicó que “al plantear que la posibilidad de fuga era cierta y probada, la magistrada debió brindar razones de por qué, desde su postura, ese riesgo podía ser neutralizado con normas de conducta, lo cual no hizo”.
Por otro lado, Marcolín manifestó que “la resolución impugnada carece totalmente de perspectiva de la víctima”, y explicitó que “la preventiva era necesaria para resguardar la expectativa justa a la realización de un juicio oral por parte de los hijos de Arias y López ante la posibilidad de fuga del imputado, que son víctimas indirectas de lo sucedido, tampoco se resguardó a testigos del siniestro vial que deben llegar a declarar al juicio con total libertad”.
Asimismo, señaló que “al ordenar cautelares no privativas de la libertad, la magistrada no tomó en cuenta la extensión del daño causado, pese a que previamente la consideró probada y no controvertida”. Refirió que “el accionar delictivo puso fin a dos vidas humanas y conllevó la terrible pérdida emocional y afectiva sufrida por el entorno de esas personas”, y añadió que “el hijo y la hija de las víctimas están sumidos en la absoluta incertidumbre ante la posibilidad de que se frustre el futuro juicio a uno de los responsables de la muerte de sus dos padres”.
La fiscal enumeró que “entre las normas de conducta ordenadas para el imputado están la de fijar domicilio en una vivienda en la zona de Colastiné; inhabilitación para conducir mientras dure el proceso penal; la prohibición de salir de la provincia y del país; obligaciones de trabajar y/o iniciar estudios universitarios y/o terciarios, realizar un curso de educación vial, presentarse semanalmente ante el MPA y realizar trabajo comunitario”. Agregó que “la magistrada aceptó la caución real de cuatro automóviles propuesta por la Defensa”. Al respecto, resaltó: “Desde la Fiscalía entendemos que esas medidas son insuficientes, no tuvo en cuenta la situación económica de evidente solvencia de la familia del imputado”.
En tanto, los hijos del matrimonio víctima del hecho se constituyeron como querellantes en la causa con representación de los abogados Milton Schaller y Sebastián Oroño.