El Ministerio de Salud de la Provincia, a través de la Agencia Santafesina de Seguridad Alimentaria (Assal), prohibió en todo el territorio de la provincia de Santa Fe la tenencia, el transporte, la comercialización y exposición, de una leche en polvo.
La Assal emitió un alerta alimentaria para una leche en polvo y una bebida vegetal
Es una leche en polvo entera fortificada con vitamina A y D y un batido. Assal prohibió la tenencia, transporte, comercialización y exposición de los productos
La Assal prohibió una leche en polvo y una bebida vegetal
Se identifica como leche en polvo entera fortificada con vitamina A y D Libre de Gluten de la marca Mundo Lácteo, elaborada por el Registro Nacional de Establecimiento N.º 2104-005711, con Registro Nacional de Producto Alimenticio N.º 04-075076, Razón Social CDMCBA SRL.
Los laboratorios de Assal determinaron que es un producto adulterado
Se debe a que los informes de laboratorio de la Assal determinaron que el valor de la materia grasa se encuentra por debajo del mínimo establecido por el Código Alimentario Argentino, por lo que el producto resulta adulterado.
La Agencia detalla la información del producto, a los fines de alertar a la población con la información precisa:
* Marca: Mundo Lácteo.
* RNE Nº: 04-005711.
* RNPA Nº: 04-075076.
* Lote: 24062025.
* Vencimiento: 24/06/2026.
* Razón social: CDMCBA S.R.L.
* Domicilio: Calle Pública S/N – (Alt. Ruta E53 Km. 10) Bº Residencial Rural, Estación Juárez Celman, Córdoba.
También el alerta es para prohibir una bebida
A través del Comunicado N.º 06/2025, se prohíbe en todo el territorio de la provincial de Santa Fe la tenencia, el transporte, la comercialización y exposición, de los siguientes presuntos productos alimenticios:
Informe de Laboratorio N.º 51770: referido a Acta de Toma de Muestra N.º 20024, Producto “Pink Drink”, Marca “Starbucks”, Contenido 270 ml.
Motivo: el producto se encuentra falsamente rotulado al no declarar la información obligatoria en idioma español ni exhibir números de RNE y RNPA. En consecuencia, es un alimento ilegal de acuerdo a lo previsto en el artículo 155 del CAA.
La Agencia verifica que los productos alimenticios cumplan con la legislación alimentaria vigente; que los rótulos cuenten con toda la información obligatoria; y que esa información sea cierta y correcta, a fin de brindar herramientas a los consumidores de alimentos garantizando la salud de todos.
















