El Gobierno de Santa Fe, a través de la Secretaría de Niñez, Adolescencia y Familia del Ministerio de Desarrollo Social; el Ministerio de Salud y el Ministerio de Igualdad, Género y Diversidad, en los términos del art. 262 del Código Procesal Penal de Santa Fe y art. 263 del mismo código y en cumplimiento del Artículo 64 de la Ley Provincial N° 12.967, presentará ante la Justicia toda la información concerniente a las intervenciones en el caso de la niña de 12 años abusada en la cual se habría intentado obstaculizar una ILE por parte de personas pertenecientes a la ONG Grávida.
Santa Fe pondrá a disposición de la Justicia toda la información del caso Grávida
En el escrito, cuya publicación completa no es viable por contener información privada y que, de difundirse, sería revictimizante para la niña y su familia, sostiene: “Venimos por la presente, a poner a su conocimiento, en los términos del art. 262 del CPP de Santa Fe y art. 263 del mismo código y en cumplimiento del Artículo 64 de la Ley Provincial N° 12.967, a los efectos de que se inicie la Investigación Penal Preparatoria que permita dilucidar las correspondientes responsabilidades de quienes actuaron en los hechos que más abajo se relatan”.
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En párrafos posteriores se indica que “la actuación del Estado comprendió acciones de contención y asesoramiento a la niña y a su madre, que tuvo como eje central la acción de informar acerca de las opciones legales que nuestro marco normativo prevé para los casos de embarazos producto de violaciones en niñas y adolescentes. Estrategia que se reconfiguró cuando la niña y su madre dieron su consentimiento informado para proceder a una interrupción legal del embarazo”.
En este sentido, el escrito aclara que no abordará en detalle los informes ya que serán adjuntados. Por otro lado aclara: “Nos ocupa en particular, poner en conocimiento de los órganos competentes para preparar y ejercer la acción penal la actuación de los miembros de la Asociación Civil con Personería Amigos de Grávida Santa Fe (Resolución N° 45/2015 IGPJ de Santa Fe) que, a través de distintas acciones obstaculizaron el acompañamiento estatal e impidieron el ejercicio efectivo de los derechos de la niña”.
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Será una tarea del organismo competente determinar el accionar y la tipificación penal -si correspondiera- de los hechos que se introdujeron en el escrito y que obran en los relatos de todas las personas y profesionales intervinientes en dicha situación. Pero no puede escapar a la institucionalidad del Estado Provincial el accionar de personas de una asociación civil que de manera explícita se sustrae a las intervenciones legales de las agencias del Estado obstruyendo de esa manera el ejercicio de los derechos de una niña.