Diputados ya definió cómo se juzgará a fiscales y defensores

Será mediante un sistema que establece faltas leves, graves de carácter técnico y graves de tipo institucional. Las últimas serán las que juzguen los legisladores. Falta la sanción del Senado.
25 de octubre 2018 · 18:02hs

Este jueves Diputados empezó a saldar una deuda que tiene casi un año. Por votación unánime esta tarde dio media sanción a un proyecto de ley para modificar la norma que establece quién y cómo se juzga a fiscales y defensores en la provincia.

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El 30 de noviembre del año pasado ambas cámaras –Diputados y Senadores– sancionaron varias leyes en la última sesión ordinaria de 2017. Una de esas normas establecía que la Legislatura se iba a encargar de enjuiciar a los funcionarios del Ministerio Público de la Acusación (MPA) y del Servicio Público Provincial de Defensa Penal (SPPDP). Pero en el apuro, los legisladores no establecieron distinciones entre las faltas leves y las graves.

Eso es lo que ahora se va a corregir cuando en 15 días el Senado le dé sanción definitiva a lo aprobado en Diputados. Básicamente ahora se establece un mecanismo que contemplaría tres calificaciones para las faltas.

Las faltas leves quedarían en jurisdicción de fiscales y defensores regionales; las faltas graves de carácter técnico del ejercicio profesional, como las cuestiones jurisdiccionales, de interpretación, modo de comportamiento quedarían en jurisdicción del tribunal de disciplina con acusación por parte de la Auditoría General.

Mientras que las faltas graves de carácter institucional o funcional, o la vinculada a delitos dolosos, sí tendría jurisdicción exclusiva el Poder Legislativo de la provincia.

Los legisladores entendieron que hay cuestiones que tienen que ver con el funcionamiento diario que no tienen ninguna necesidad ni justificación para pasar por el contralor del Poder Legislativo.

Además, eso demoraría y haría engorroso el proceso de la administración de Justicia, argumentó el diputado Santiago Mascheroni que admitió que con la sanción de la ley a fines de 2017, el Legislativo prácticamente anuló las facultades disciplinarias de los fiscales regionales.

En diálogo con UNO Santa Fe, Mascheroni explicó que "las cámaras pueden abocarse y la Auditoría tiene la obligación de comunicar al Poder Legislativo cuáles son los funcionarios a los que se le abrieron causas y los motivos de las denuncias. Las Cámaras tiene poder de abocamiento pero no tienen por qué actuar en las faltas menores o en las graves de carácter técnico".

La Auditoría será la encargada de darles una primera calificación a las faltas y cuando interprete que el proceso puede derivar en una suspensión o en una remoción tiene la obligación de remitirlo para que el juzgamiento de fiscales titulares y adjuntos y defensores titulares y adjuntos sea con los mismos procedimientos que prevén las leyes 13.013 y 13.014 para los fiscales regionales y general y defensores regionales y general.

A medida que la comisión bicameral de Acuerdos vaya recibiendo el listado de los expedientes tendrá 30 días para solicitar que Auditoría le envíe alguna de las causas que, en principio, consideró como falta leve o grave pero de carácter técnico y, por ende, estén fuera del ámbito de juzgamiento legislativo. Si en ese plazo no lo hacen seguirán su curso en donde corresponda.

En el sistema de juzgamiento de fiscales o defensores regionales debe haber una denuncia de un legislador para que se inicie el proceso. En esos casos, el legislador que denuncia es el que acusa. Con los fiscales titulares y adjuntos y los defensores titulares y adjuntos el proceso se puede iniciar a partir de la denuncia de cualquier persona.

Ante la pregunta de cómo se va a hacer la acusación en esos casos, Mascheroni respondió: "Ahora nosotros prevemos dos hipótesis: si quiere alguien se designa como acusador, o en su defecto, el dictamen de la comisión de Acuerdos que se ponga a consideración de la sesión conjunta de ambas cámaras será con un miembro informante.

Mascheroni argumentó que en la actualidad, la comisión de Juicio Político de la Cámara de Diputados analiza la conducta de un funcionario que fue denunciado pone a consideración de la Asamblea a través de su presidente o de un miembro informante el dictamen que se adoptó y aconseja que se apruebe la resolución que puede ser condenatoria o absolutoria.

—¿Cómo se garantiza el derecho a defensa en ese caso?
—El derecho de defensa se garantiza igual que en el procedimiento anterior. Desde el momento de la denuncia la persona acusada goza de todos los derechos para que él, su representante o apoderado puedan interiorizarse de todos los elementos de la denuncia, proponer todos los sistemas de defensa, escribir su alegato, sus consideraciones. Luego las cámaras resuelven. Todo eso se prepara en instancia como fueron los procedimientos anteriores de Ganón (Gabriel, ex defensor general provincial que fue juzgado y removido de su cargo por la Legislatura) y de García (Eladio, exfiscal regional de Reconquista, que fue suspendido de su cargo por la Legislatura) y se sustancian ante la comisión de Acuerdos.

—¿Por lo tanto no es un acusador sino la comisión de Acuerdos la que debe presentarle las pruebas en el proceso de juzgamiento?
—Debe brindarle y permitirle el acceso a las pruebas y la documental, disponer lo necesario para hacer las testimoniales, pruebas periciales, informativas o las que corresponda. Pero le corresponde al o a las personas denunciadas ejercer todos los derechos que correspondan al debido proceso como tener el contralor del proceso administrativo, presentarse por sí o por apoderado, tener acceso a la documental, a las denuncias, estar presente en las audiencias testimoniales, lo que fuera.

—¿Qué va a pasar con los expedientes que ya envió a la Legislatura la Auditoría General y que aún no fueron analizados porque no se cuenta con el reglamento del procedimiento?
—Para eso lo que establecemos es que cuando esta ley tenga tratamiento en el Senado ahí empezarán a correr los plazos de los 30 días o los plazos que tenga cada trámite, si es que hay que devolverlo a la Auditoría General o a la fiscalía regional.

—¿Qué va a pasar con los casos, como el de los fiscales Roberto Apullán y María Laura Martí, que tienen un correlato judicial? ¿Los legisladores van a esperar lo que resuelva la Justicia para actuar?
—Ustedes, y también los eruditos, plantean un tema que ya es una discusión eterna. Esto es un juicio político que se les hace a funcionarios o magistrados por imperio de la Constitución Provincial y de ahí para abajo, sean ministros de la Corte, jueces y en este caso los integrantes del sistema penal de la provincia cuyo juicio político no es de materia jurisdiccional. Incluso voy a ser más cruel: hoy se puede aprobar el pliego de (el exjuez, Carlos) Fraticelli. Quién lo aprobaría. Esto no es un problema de decisión jurisdiccional. Hay un caso en la Justicia, que se juzgue. Pero si hay méritos de carácter político para que un funcionario sea juzgado, en el caso de un delito doloso si la Justicia lo condenó o no; pero si hay strepitus fori que justifica que esa persona no puede estar más, se lo puede remover perfectamente. La designación es política y la remoción de un funcionario es política.

—¿Por lo tanto el avance de la causa de estos fiscales en la Legislatura va a ser independiente de lo que decida la Justicia?
—Yo creo que sí, pero no soy yo el que lo va a determinar.

Luego, Mascheroni amplió: "Cuando hay una denuncia por un delito doloso, si el delito no tiene calificación y la Justicia lo va a determinar, obviamente que la calificación del delito va a requerir de una determinación y una espera. Pero cuando lo que se juzga y no quiero referirme a estos casos (por Apullán y Martí), es incumplimiento de los deberes de la función, haber seguido una pista sabiendo que no debía seguirla porque había otra, o revelando información o lo que fuera. Eso es algo que no tiene nada que ver con la Justicia penal, es una cuestión desde el punto de vista estrictamente de la función de contralor político que hay de parte del Poder Legislativo a los funcionarios y magistrados.

Desde el 30 de noviembre del año pasado el sistema de juzgamiento de fiscales y defensores está paralizado. Hay más de 60 expedientes iniciados por la Auditoría General que fueron remitidos a la Legislatura el 1 de febrero de este año pero que no se tocaron porque los legisladores se dieron cuenta que habían dejado en sus manos causas que por su tenor no justifican un contralor político, sino más bien técnico o de estructura jerárquica.

Todo indica que el Senado le dará sanción definitiva –dentro de 15 días– al proyecto aprobado este jueves por Diputados y, de esa manera, que comiencen a definirse el destino de causas que son muy resonantes para el ámbito judicial y político de la provincia. Sería una buena forma de fortalecer las instituciones.

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