El presidente del bloque de la UCR, Felipe Michlig, brindó detalles a La Capital sobre los alcances del proyecto que impulsa en la Cámara de Senadores para la creación del "Programa de recuperación Covid-19", destinado a la contención, asistencia, reactivación y reconversión de actividades de servicios afectados por la pandemia, como por ejemplo el sector turístico, hotelero y gastronómico, con cuyos representantes me reuní la semana anterior”, dijo.
Impulsan una ley para recuperar empresas afectadas por la pandemia
Prensa
El presidente del Bloque de la UCR, Felipe Michlig
“Proponemos que el programa tenga una vigencia de 12 meses desde la sanción, pudiendo el Poder Ejecutivo prorrogarlo por igual período y su aplicación dependerá del Ministerio de la Producción de la Provincia. De todas maneras estamos abiertos a consensuar modificaciones para sacar la mejor ley posible y lo más urgentemente que se pueda”.
“La pandemia de Covid-19, ha afectado con inusitada intensidad al sistema productivo santafesino. Tal realidad implica que desde el Estado en general y los gobiernos en especial deba asumirse políticas públicas de alta potencia para afrontar los tiempos por venir” indicó el legislador.
Muchos puestos laborales en riego de extinguirse
Felipe Michlig comentó: “La semana pasada mantuvimos una reunión virtual desde el bloque de Senadores Provinciales de la UCR, con representantes de distintas entidades y actores de la actividad hotelera y gastronómica de la Provincia, en vista de intercambiar opiniones e inquietudes en relación a la ley que proponemos, ya que todo este gran sector está atravesando una situación muy afligente y están urgido de que la Legislatura pueda aprobar una ley de estas características, ya que nadie puede seguir aguantando”.
“Respecto a este sector, vinculado mayormente al turismo, vale reparar en el impacto de la pandemia sobre el empleo. Según fuentes oficiales (Secretaría de Turismo de la Nación y Ministerio de trabajo de la Provincia de Santa Fe), en la provincia de Santa Fe el empleo turístico de la provincia, participa con un 4,8% del empleo provincial (31.200 puestos directos formales). A eso debemos sumarle el empleo indirecto que genera la actividad. Toda esta inmensa cantidad de puestos laborales están amenazados de extinguirse, siendo que al presente muchas de estas empresas ya optaron por no continuar”.
Actividades comprendidas y requisitos
La iniciativa legislativa dispone que “Resultarán beneficiarios del Programa aquellos sujetos que acrediten cumplir en forma concurrente las siguientes condiciones:
a) Encuadrarse como Micro, Pequeña o Mediana; b) Encontrarse radicadas en la provincia de Santa Fe; c) Haber sido afectadas por las restricciones derivadas del aislamiento social preventivo y obligatorio, y/o que sus ventas se hayan reducido (en comparación a años anteriores); d) Haber cumplido con las disposiciones nacionales en materia de preservación del empleo.
Las actividades comprendidas serán las siguientes: las que desarrollen servicios de hotelería, gastronomía, catering, organización de eventos, servicios de soportes para eventos, alquiler temporario de locales para eventos, transporte turístico terrestre y fluvial, agencias de viajes, espacios culturales turísticos, peloteros, servicios de eventos infantiles, jardines maternales, transporte vinculado a los servicios anteriores y otros servicios para los cuales la Autoridad de Aplicación decida su inclusión”.
Beneficios a los que podrán acceder:
1.- Reducción de la carga tributaria: a) Desgravación del Impuesto sobre los Ingresos Brutos de hasta el setenta por ciento; b) Exención del Impuesto de Sellos; c) Deducir del Impuesto sobre los Ingresos Brutos los importes que abone en concepto de Impuesto Inmobiliario de inmuebles afectados al desarrollo de las actividades. d) Desafectar de todos los regímenes de retención y/o percepción y/o ingreso a cuenta correspondientes a tributos provinciales.
2.- Asistencia Financiera: a) La Autoridad de Aplicación instrumentará Aportes No Reintegrables. El importe será establecido por la reglamentación conforme a la escala del volumen de operaciones y puestos de trabajo ocupados de la empresa. El aporte no podrá superar al monto equivalente a treinta (30) salarios mínimo vital y móvil (SMVM), “al día de hoy 500 mil pesos aproximadamente”. b) El Poder Ejecutivo podrá: -Otorgar subsidio de tasa en líneas de préstamos de entidades financieras. -Otorgar subsidio de tasa en líneas de financiamiento o ayudas económicas que instrumenten asociaciones mutuales. -Otorgar préstamos del Fondo de Inversión y Desarrollo de la Provincia de Santa Fe creado por Ley Nº 13.622, previa capitalización del mismo. -Instrumentar líneas de financiamiento mediante aportes a Asociaciones o Agencias para el Desarrollo radicadas en el territorio provincial. -Efectuar aportes destinados a Fondo de Riesgo en Sociedades de Garantía Recíproca gestionadas por entes estatales, en tanto la Provincia de Santa Fe no posea una Sociedad de Garantía Recíproca propia.
3.- Servicios Públicos: Al respecto los legisladores radicales proponen que una reducción o bonificación del cincuenta por ciento (50%) en las tarifas de los servicios de suministro de energía eléctrica efectivamente consumido, agua potable y desagües cloacales en los inmuebles que resulten afectados al desarrollo de las actividades contempladas en el Programa.
Conformación del fondo
El proyecto contempla que el fondo para el "Programa de recuperación Covid-19" estará conformado por:
a) La afectación de un diez por ciento (10%) de los recursos que transfiera el Estado Nacional a la Provincia en el marco del programa para la emergencia provincial.
b) La afectación de $500.000.000 de los recursos que el Poder Ejecutivo obtenga en virtud del uso de la autorización efectuada por el artículo 1 de la Ley Nº 13.978 Covid-19;
c) La afectación de los recursos que provengan de la aplicación del artículo 11 inciso a) de la Ley Nº 11.998 –casinos y bingos– y modificatorias.
d) Los recursos que aporte el Estado nacional u otros entes para fines compatibles con los beneficios establecidos en los capítulos III y IV de la presente ley.
e) Otros aportes del Tesoro Provincial que el Poder Ejecutivo disponga.
Finalmente se contempla que los municipios y comunas de la Provincia podrán constituirse en oficinas de gestión del Programa, para los beneficiarios radicados en su respectiva jurisdicción que reúnan los requisitos previstos por la futura normativa.
El proyecto de ley ya fue presentado, –a principio del mes en curso– desde el interbloque de Senadores Provinciales de la UCR, con la firma de todos sus integrantes, a saber: Felipe Michlig (San Cristóbal), Lisandro Enrico (General López), Rodrigo Borla (San Justo), Orfilio Marcón (General Obligado), Germán Giacomino (Constitución), Hugo Rasetto (Iriondo) y Leonardo Diana (San Jerónimo). Además recibió el acompañamiento del Senador Justicialista José Baucero (San Javier).
















